Boletín nº 225 (21-11-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 7.910/2014
Visto el escrito de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, recibido el día 14 de octubre de 2014 (NRE 10219), en el que, en base a los artículos 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 56 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, se nos requiere para que procedamos a anular/subsanar la siguiente deficiencia observada en el acuerdo plenario de aprobación de las Bases por las que se establece el procedimiento a seguir en la contratación del personal a emplear en las obras y servicios financiadas con cargo al Plan de empleo Local de Aguilar de la Frontera correspondiente al año 2014:
Deficiencias anulables:
Base 3. Requisitos de los aspirantes: apartado a) Ser mayor de edad (18 años cumplidos).
Normativa que se estima vulnerada: artículo 56.1.c. de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público que establece en 16 años la edad necesaria para acceder al empleo público.
Considerando que dicho requerimiento se ajusta a la legalidad.
El Pleno Municipal en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2014, adoptó por unanimidad de los concejales presentes (15/17) el siguiente acuerdo:
Primero. Subsanar la siguiente deficiencia observada en las Bases por las que se establece el procedimiento a seguir en la contratación del personal a emplear en las obras y servicios financiadas con cargo al Plan de Empleo Local de Aguilar de la Frontera, correspondiente al año 2014, aprobadas por acuerdo plenario de 17 de julio de 2014:
Donde dice:
3ª. Requisitos de los aspirantes:
Únicamente podrán ser contratados con cargo al presente Plan de Empleo Local aquellos trabajadores que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad (18 años cumplidos).
Pasa a decir:
3ª. Requisitos de los aspirantes:
Únicamente podrán ser contratados con cargo al presente Plan de Empleo Local aquellos trabajadores que reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos 16 años.
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero. Hacer constar la anterior modificación en el acta del Pleno de 17 de julio de 2014 mediante nota marginal.
Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba.
En Aguilar de la Frontera, a 7 de noviembre de 2014. El Alcalde-Presidente, Fdo. Francisco Juan Martín Romero.