Boletín nº 230 (28-11-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de Primera
Instancia Número 9
Córdoba
Nº. 7.656/2014
Juzgado de Primera Instancia Número 9 de Córdoba
Procedimiento: Jurisdicción Voluntaria. General 1297/2014. Negociado: E
De: Sara Beatriz Castro Muñoz
Procuradora: María Luisa Fernández de Villalta Fernández
En el expediente de Jurisdicción voluntaria seguido en este Juzgado de Primera Instancia al número 1297/2014, sobre formación de inventario de la herencia de Juan Castro Macedo, se ha dictado la siguiente:
Providencia de la Magistrado-Juez Doña Macarena Sánchez del Rosal.
En Córdoba, a dieciocho de septiembre de dos mil catorce.
Recibida la anterior solicitud, documentos que se acompañan de la Procuradora María Luisa Fernández de Villalta Fernández, se admite a trámite, incoándose expediente de jurisdicción voluntaria para la formación de inventario, que se registrará en el libro correspondiente, teniendo en el mismo por personado a dicha Procuradora en representación de Sara Beatriz Castro Muñoz, entendiéndose con ella las sucesivas notificaciones y diligencias.
Cítese a los acreedores y legatarios expresados en la solicitud para que puedan asistir si les conviniere a la formación del inventario, concediéndoseles al efecto el plazo de quince días para personarse en el expediente, fijándose edictos en el tablón de anuncios del Juzgado y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia para la citación de los posibles acreedores desconocidos del causante. Fórmese por la Secretaría inventario fiel y exacto de los bienes de la herencia, inventario que se principiará dentro de los treinta días siguientes a la citación de los acreedores y legatarios y concluirá dentro de otros sesenta.
Se acuerda también librar oficio al Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Córdoba para que manifieste en que situación procesal se encuentran los autos 520/03 y 200/08, y el estado de la deuda que en ellos se ejecuta.
Contra esta resolución cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de su notificación.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. La Magistrada-Juez. La Secretaria Judicial.
Y para que sirva de citación a los acreedores desconocidos del causante, expido la presente en Córdoba, a 18 de septiembre de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.