Boletín nº 233 (03-12-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Bujalance
Nº. 8.394/2014
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 30 de octubre de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos por suplemento de créditos n.º 47/2014, que se hace público resumido por capítulos:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Capítulo |
Descripción |
Importe |
9 |
Pasivos Financieros |
956.932,58 € |
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Capítulo |
Descripción |
Importe |
9 |
Pasivos Financieros |
956.932,58 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Bujalance, a 1 de diciembre de 2014. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa en funciones (Decreto 524 de 02/09/2013), Elena Alba Castro.