Boletín nº 234 (04-12-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 8.216/2014

El Excmo. Ayuntamiento Pleno de Córdoba, en sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2014, procedió a la aprobación provisional de la Modificación de la Ordenanza Fiscal número 104 Tasa por prestación de servicios de cementerios municipales para el ejercicio 2014 (Acuerdo número 262/14).

No habiéndose presentado reclamaciones durante el período de 30 días hábiles de exposición pública, el citado Expediente se considera definitivamente aprobado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

En consecuencia, queda elevado a definitivo el Acuerdo provisional número 262/14, de 23 de septiembre de 2014, sobre aprobación de la Modificación de la Ordenanza Fiscal número 104 Tasa por prestación de servicios de cementerios municipales para el ejercicio 2014, acuerdo cuya parte dispositiva ofrece la siguiente redacción:

Primero. Aprobar provisionalmente el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal número 104 Tasa por prestación de servicios de cementerios municipales.

Dicha Ordenanza queda diligenciada por el Secretario General del Pleno en su expediente, así como una copia unida a la documentación del Acta de la sesión.

Segundo. El citado Expediente deberá exponerse al público durante el plazo de 30 días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el contenido del mismo y presentar cuántas reclamaciones al acuerdo adoptado estimen oportunas, conforme a lo previsto en el artículo 17º.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo -entendiéndose adoptado definitivamente el acuerdo provisional correspondiente en el supuesto de no ser presentada reclamación alguna contra el mismo- y debiendo procederse a los trámites reglamentarios indicados en los números 2, 3, 4 y 5 del citado precepto.

En Córdoba, a 25 de noviembre de 2014. Firmado electrónicamente por el Teniente Alcalde Delegado de Hacienda, Gestión y Administración Pública, José María Bellido Roche.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 104. TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CEMENTERIOS MUNICIPALES

&/&

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza Fiscal, cuya redacción ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2014, será de aplicación a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación.

ANEXO I

TARIFAS ORDENANZA FISCAL NÚMERO 104. TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CEMENTERIOS MUNICIPALES

Epígrafe 1. Concesiones

 Años

Fila

€ (IVA

no

incluido)

Concesión columbario cenizas con lápida sin grabación

75

1

659,50

Concesión columbario cenizas con lápida sin grabación

75

2

791,39

Concesión columbario cenizas con lápida sin grabación

75

3

1.055,19

Concesión columbario cenizas con lápida sin grabación

75

4

923,28

Concesión columbarios ceniza pradera. Monolito sin grabación

75

1.318,99

Concesión panteón 4/c en litera con lápida sin grabación

75

13.196,05

Concesión terreno panteón 2 unidades (1,50x2,60)

75

6.731,22

Concesión terreno panteón 4 unidades (2,90x2,90)

75

11.695,03

Concesión sepultura 3/c con lápida sin grabación

75

6.594,91

Concesión columbario

25

1

373,30

Concesión columbario

25

2

435,51

Concesión columbario

25

3

311,08

Concesión columbario

25

4

257,04

Concesión columbario

25

5

192,78

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