Boletín nº 237 (10-12-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 8.125/2014
De parte interesada, se ha formulado escrito solicitando se proceda a la baja del Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio de las personas que al final se relacionan del domicilio donde figuran inscritas, sito en Avenida del Parque, 60, P02, 2, de esta ciudad, por no residir en el mismo, circunstancia que ha sido corroborada por informe de la Policía Local, que manifiesta que Vds. actualmente no residen en el citado domicilio.
Esta Administración Municipal ha procedido al inicio del correspondiente expediente administrativo que permita proceder a efectuar su baja por inscripción indebida, concediéndole un plazo de diez días, para que pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, transcurrido éste le será solicitado el informe preceptivo a la Sección Provincial de Córdoba del Consejo de Empadronamiento que, en caso de ser favorable, esta Alcaldía dictará resolución, en su momento, disponiendo se efectúe en el vigente Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, anotación de su baja por inscripción indebida por no residir en este Municipio.
Mediante el presente anuncio que se publicará en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le pone de manifiesto el inicio del expediente de baja por inscripción indebida.
Apellidos |
Nombre |
Oliveira (de) silva |
Claiton |
Alves da Silva |
Domingas |
Lucena, 19 de noviembre de 2014. El Alcalde, Fdo. Juan Pérez Guerrero.