Boletín nº 244 (19-12-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Valenzuela

Nº. 8.751/2014

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Valenzuela (Córdoba), adoptado en fecha 3 de octubre de 2014, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gatos que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Presupuestaria

Descripción

Euros

920

21200

Adm. General. Reparaciones, mantenimiento

2.000 €

920

63900

Adm. General. Inversiones Reposición

2.000 €

TOTAL GASTOS

4.000 €

BAJA EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Presupuestaria

Descripción

Euros

419

62900

Otras actuaciones. Agricultura, ganadería

4.000,00

TOTAL GASTOS

4.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Valenzuela, a 11 de diciembre de 2014. El Alcalde, Fdo. Antonio Pedregosa Montilla.

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