Boletín nº 247 (26-12-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 8.659/2014

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 960/2014

De: Salvador Sánchez Ordóñez

Contra: López Parra S.L. y La Espuerta S.L.

 

DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA,

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 960/2014, a instancia de la parte actora don Salvador Sánchez Ordóñez contra López Parra S.L. y La Espuerta S.L., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de la Secretaria señora doña Victoria A. Alférez de la Rosa. En Córdoba, a 5 de diciembre de 2014.

La anterior diligencia  negativa de  notificación  efectuada  por  el funcionario  de  auxilio  judicial  del  juzgado  con  la  anotación de  que el   local  permanece  cerrado  con signos  evidentes  de  inactividad, únase a los autos de su razón, y en su virtud. Cítese  a  la  empresa  demandada La  Espuerta  S.L.  para  los actos de conciliación o juicio señalados para el próximo  día 20  de  enero  de  2015, a  las 12,00  horas  de su  mañana, por medio de Edictos a publicar en el B.O.P. de esta Ciudad, ante la posibilidad de que se encuentre en paradero ignorado.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación al demandado La Espuerta S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 5 de diciembre de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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