Boletín nº 247 (26-12-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 8.866/2014

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de noviembre de 2014, se adoptó el acuerdo número 355/14, de aprobación inicial de una modificación de crédito del presupuesto del año 2014, mediante un crédito extraordinario.

Habiendo transcurrido el plazo establecido, no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo, elevándose a definitivo conforme a lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, los siguientes:

Acuerdo número 320/14

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2014 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 55.263,70 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

CÓDIGO APLICACIÓN

DESCRIPCIÓN APLICACIÓN

IMPORTE (€)

Z B24 1790 71201 0

TRANSF. CAPITAL. IMGEMA REPARACIÓNES AULA NATURALEZA

55.263,70

 

TOTAL

55.263,70

RECURSOS:

CÓDIGO APLICACIÓN

DESCRIPCIÓN APLICACIÓN

IMPORTE (€)

Z H00 9290 22699 0

HACIENDA. OTROS GASTOS DIVERSOS (FONDO CONTINGENCIA)

55.263,70

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina los artículos 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra los anteriores Acuerdos los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.

Córdoba, a 22 de diciembre de 2014. Firma electrónica del Teniente Alcalde-Delegado de Hacienda, Gestión y Administración Pública, José Mª Bellido Roche. VºB: Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.

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