Boletín nº 249 (30-12-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pedro Abad
Nº. 8.898/2014
Doña Magdalena Luque Canalejo, Alcaldesa del Ayuntamiento de Pedro Abad (Córdoba), hace saber:
Que aprobado por el Ayuntamiento Pleno que presido, en sesión de fecha 6 de noviembre de 2014, la modificación de las tarifas de las Ordenanzas Fiscales Municipales para 2015, y publicado anuncio sobre el particular, en Boletín Oficial de la Provincia número 220 de fecha 14 de noviembre de 2014, sin que contra dichas exacciones se haya interpuesto reclamación alguna, devenido el acuerdo firme se procede a su integra publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3 y 4 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, TR de la Ley de Haciendas Locales, según detalle:
MODIFICACIÓN DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LA PISCINA, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTRAS INSTALACIONES
Como consecuencia de las obras que se acometen en el campo de fútbol municipal, se hace necesario prever, tras instalación del césped artificial en el mismo, sus tarifas para disfrute por grupos/clubes no federados, para ello se ha de modificar el artículo 2 de esta ordenanza recomponiendo los conceptos del hecho imponible de la tasa, artículo 2, así como el establecimiento de la nueva tarifa por uso del Campo de Fútbol, sin variación de las demás, según detalle:
Hecho Imponible. Artículo 2. Constituye el hecho imponible de este tributo:
a) El uso de la piscina municipal.
b) El uso de las pistas polideportivas cubiertas.
c) Otras instalaciones deportivas, c1) Pista de Padel y c2) Campo de Fútbol),
d) Otras instalaciones
Cuota Tributaria. Artículo 6. ... // ...
C. Otras instalaciones deportivas.
C.2. Uso Campo de Fútbol
-Para juego Fútbol 7:
con luz eléctrica, 30,00 €.
sin luz eléctrica, 25,00 €.
-Para juego Fútbol 11:
con luz eléctrica, 55,00 €.
sin luz eléctrica, 45,00 €.
Lo que publico para general conocimiento en Pedro Abad, a 16 de diciembre de 2014. La Alcaldesa, Fdo. Magdalena Luque Canalejo.