Boletín nº 250 (31-12-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montemayor
Nº. 8.964/2014
Don José Díaz Díaz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montemayor, hace saber:
Que no habiéndose presentado reclamación alguna contra el expediente de modificación y derogación de ordenanzas fiscales aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento, en sesión de pleno celebrada el día 30 de octubre de 2014 en periodo de exposición al público, queda definitivamente modificadas y derogadas dichas ordenanzas, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 y 4 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra dicha aprobación definitiva, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Artículo 2.
1. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana, queda fijado en el 0.6%.
2. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza rústica queda fijado en el 0.55%.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
Artículo 1.
&
Se establece un coeficiente de incremento sobre las tarifas anteriores de 1.51.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
Artículo 3.
&
3. El tipo de gravamen será del 1,8 % para todo tipo de obras excepto para edificaciones de uso industrial que será el 1,5%.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL POR LA QUE SE REGULA EL ESTABLECIMIENTO DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES, FORMATIVAS Y DE OCUPACIÓN DE TIEMPO LIBRE.
Artículo 7. Bases y Tarifas
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c) Cursos de escuela de música y danza y talleres musicales
Curso 1 especialidad 13 € mes
Curso 2 especialidades 16 € mes
Curso 3 especialidades 19 € mes
DEROGACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS, con efectos 31 de diciembre de 2014.
DEROGACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS, CON FINALIDAD LUCRATIVA, con efectos 31 de diciembre de 2014.
Montemayor, a 19 de diciembre de 2014. El Alcalde, Fdo. José Díaz Díaz.