Boletín nº 250 (31-12-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 8.993/2014

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2014, aprobó inicialmente la extinción y disolución de la Agencia Pública Administrativa Local Gerencia Municipal de Urbanismo de Lucena, abriéndose el plazo de información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 220 de 14 de noviembre de 2014. En sesión plenaria de 23 de diciembre de 2014, previa desestimación de la alegación presentada, se ha adoptado acuerdo definitivo de extinción y disolución de la Agencia Pública Administrativa Local Gerencia Municipal de Urbanismo de Lucena, con efectos 31-12-2014, sucediéndola universalmente el Ayuntamiento de Lucena el día 1-1-2015 en todos los derechos y obligaciones contraídos, en cuya virtud:

a) Quedan derogados los Estatutos de la Agencia Pública Administrativa Local Gerencia Municipal de Urbanismo de Lucena y cualquier otra normativa reglamentaria de la entidad.

b) Las funciones y competencias hasta ahora atribuidas estatutariamente a la entidad a extinguir serán asumidas por el Área de Urbanismo del Ayuntamiento.

c) El personal que presta sus servicios en la entidad a extinguir quedará integrado en el Ayuntamiento de Lucena, a cuyo fin se encomendará al Negociado de Personal el estudio sobre la necesidad de un Plan de Empleo para la oportuna reasignación de efectivos, debiendo preverse asimismo dicha integración en la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo, de conformidad con la nueva estructura orgánica.

d) Todos los bienes que integran el patrimonio propio del organismo disuelto se transmiten al Ayuntamiento de Lucena, quedando éste subrogado en todos los derechos y obligaciones de aquel.

e) Con efectos 31-12-14 y en los plazos previstos por la normativa vigente se llevará a cabo la Liquidación del Presupuesto 2014 del organismo disuelto, aprobándose asimismo la Cuenta General del mismo ejercicio. La Cuenta General reflejará el Activo y el Pasivo del Organismo de acuerdo con el Balance de Situación y la Cuenta de Resultados. Además la Cuenta General contendrá los derechos a cobrar y las obligaciones a pagar de presupuestos cerrados, así como los compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros y el Estado de Tesorería. Asimismo se unirá la siguiente documentación: gastos con financiación afectada, el Remanente de Tesorería, la situación de Operaciones no Presupuestarias de Tesorería y la situación de valores. Igualmente se transferirá al Ayuntamiento el día 1-1-2015, previo arqueo, los saldos en las cuentas de la entidad.

f) La gestión de las competencias atribuidas al Organismo autónomo se ejercerán de manera directa por el Ayuntamiento en forma indiferenciada.

g) El Ayuntamiento, como sucesor a título universal en los derechos y obligaciones del Organismo autónomo, deberá habilitar los créditos presupuestarios necesarios para atender los compromisos derivados de las relaciones jurídicas de éste.

h) La extinción deberá comunicarse a la Comunidad Autónoma, a la Delegación de Hacienda, al Instituto Nacional de Estadística y a la Seguridad Social, para dar de baja a la empresa.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

En Lucena, a 26 de diciembre de 2014. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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