Boletín nº 29 (12-02-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 1
Córdoba
Nº. 542/2015
Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 147/2014. Negociado: MT
De: José Luis Osuna Roda
Contra: Ana Inocencia Cuesta Alcántara, Rafael Carreto Robot y Carreto Cuesta CB.
DON MANUEL MIGUEL GARCÍA SUÁREZ, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 147/2014, a instancia de la parte actora don José Luis Osuna Roda contra Ana Inocencia Cuesta Alcántara, Rafael Carreto Ribot y Carreto Cuesta CB, sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 18/12/14 del tenor literal siguiente:
"Parte Dispositiva
S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase a la ejecución de la resolución por la suma de 60.094,49 euros en concepto de principal, más la de 12.018,89 euros calculados para intereses y gastos y habiendo sido declarados los ejecutados Rafael Carreto Ribot, Ana Inocencia Cuesta Alcántara y Carreto Cuesta CB en insolvencia provisional, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de los deudores que puedan ser objeto de embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de los ejecutados a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. Don Juan de Dios Camacho Ortega, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba. El Magistrado-Juez".
Y para que sirva de notificación a los demandados Ana Inocencia Cuesta Alcántara, Rafael Carreto Ribot y Carreto Cuesta CB, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 18 de diciembre de 2014. El Secretario Judicial, firma ilegible.