Boletín nº 34 (19-02-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montalbán
Nº. 1.029/2015
Finalizado el periodo de exposición pública sin que se hubiesen presentado reclamaciones se entiende definitivamente aprobado el expediente de modificación del artículo 2.1 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 18 de noviembre de 2014, procediéndose, de conformidad con el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, a la publicación del Texto Íntegro de la citada modificación.
ANEXO I
Texto modificado del artículo 2.1 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Artículo 2.1. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,70%.
La modificación de la presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2015, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Montalbán, a 6 de febrero de 2015. El Alcalde, Fdo. Miguel Ruz Salces.