Boletín nº 35 (20-02-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 893/2015
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba
Procedimiento: Social Ordinario 1630/2013
De: Fundación Laboral de la Construcción
Contra: Obras y Servicios Multiexpres, SL
DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1630/2013, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Obras y Servicios Multiexpres, SL, sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 20/01/15 del tenor literal siguiente:
"Que debo estimar y estimo la demanda rectora de este proceso formulada por la Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Obras y Servicios Multiexpres, SL, que no ha comparecido a dicho acto sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la demandante la cantidad de Quinientos diecisiete euros con noventa y seis céntimos de euro (517,96 €) por los conceptos indicados.
Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma no cabe Recurso de Suplicación por razón de la cuantía (artículo 191.2.g) de la Ley de la Jurisdicción Social).
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia lo pronuncio, mando y firmo".
Y para que sirva de notificación a la demandada Obras y Servicios Multiexpres, SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 26 de enero de 2015. La Secretaria Judicial, firma ilegible.