Boletín nº 38 (25-02-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 987/2015
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Ejecución Número: 214/2014-A (Ejecución forzosa de acto de conciliación en CMAC Expte. 2913/2014)
Ejecutantes: Diego Soto Hoyos
Abogado: José María Vallejo Romero
Ejecutados: Proyectos Macas SL
DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos de ejecución número 214/2014, a instancia de Diego Soto Hoyos contra Proyectos Macas SL, se ha dictado Auto y Decreto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Auto
En Córdoba, a treinta y uno de octubre de dos mil catorce.
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Parte Dispositiva
S.Sª. Ilma. Dijo: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos por la cantidad de 5.519,61 euros de principal más 1.103,92 euros calculados para intereses, costas y gastos, a instancias de.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso Reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la LEC.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Señora Doña María Guadalupe Domínguez Dueñas, Magistrada del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe. La Magistrado-Juez. El Secretario.
DECRETO del Secretario del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Córdoba, Don Juan Carlos Sanjurjo Romero.
En Córdoba, a 3 de noviembre 2014.
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Parte Dispositiva
Acuerdo: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes de la propiedad de la ejecutada en cantidad suficiente para cubrir con sus valores el importe de 5.519,61 euros importe del principal, más la cantidad de 1.103,92 euros calculados para intereses, costas y gastos.
Requiérase a las partes para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual consúltense las aplicaciones informáticas para la averiguación patrimonial de la ejecutada, a las que se tiene acceso a través del Punto Neutro Judicial.
Se acuerda el embargo de los posibles saldos que existan en las cuentas corrientes abiertas a su favor, a través del punto Neutro Judicial.
Procédase al embargo de las retenciones de las devoluciones que por cualquier concepto deba percibir de la Agencia Tributaria, a través del punto Neutro Judicial
Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la LEC, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.5 del citado texto legal.
Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo. El Secretario".
Y para que sirva de notificación a la demandada Proyectos Macas SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 4 de febrero de 2015. El Secretario Judicial, firma ilegible.