Boletín nº 44 (05-03-2015)

III. Administración General del Estado

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 1.570/2015

A los efectos previstos en el artículo 14 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, se relacionan los municipios de la Provincia, agrupados por Partidos Judiciales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.6 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, con indicación de la población oficialmente aprobada de cada uno de ellos y número de concejales que corresponde a cada municipio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 179.1 de la citada Ley, una vez aprobados por Real Decreto 1007/2014, de 5 de diciembre, las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2014.

Partido judicial

Municipio

Población a

01/01/2014

Número de

concejales

Aguilar de la Frontera

Aguilar de la Frontera

13631

17

Monturque

1995

9

Moriles

3872

11

Puente Genil

30186

21

Baena

Baena

20207

21

Luque

3178

11

Valenzuela

1261

9

Cabra

Cabra

21001

21

Doña Mencía

4935

11

Nueva Carteya

5540

13

Zuheros

696

7

Córdoba

Adamuz

4398

11

Bujalance

7744

13

Cañete de las Torres

3033

11

Cardeña

1606

9

Carpio (El)

4516

11

Castro del Río

8052

13

Córdoba

328041

29

Espejo

3474

11

Montoro

9744

13

Obejo

2012

11

Pedro Abad

2960

11

Villa del Río

7426

13

Villafranca de Córdoba

4893

11

Villaviciosa de Córdoba

3478

11

Lucena

Benamejí

5123

13

Encinas Reales

2375

11

Iznájar

4637

11

Lucena

42748

21

Palenciana

1571

9

Rute

10387

17

Montilla

Fernán Nuñez

9801

13

Montalban de Córdoba

4472

11

Montemayor

4001

11

Montilla

23622

21

Rambla (La)

7547

13

San Sebastian de los Ballesteros

837

7

Santaella

6097

13

Victoria (La)

2385

11

Peñarroya-Pueblonuevo

Belalcázar

3427

11

Belmez

3227

11

Blázquez (Los)

701

7

Espiel

2438

11

Fuente la Lancha

365

7

Fuente Obejuna

4961

11

Granjuela (La)

482

7

Hinojosa del Duque

7126

13

Peñarroya-Pueblonuevo

11430

17

Valsequillo

385

7

Villaharta

719

7

Villanueva del Rey

1122

9

Posadas

Almodóvar del Río

7977

13

Carlota (La)

13872

17

Fuente Palmera

11068

17

Guadalcázar

1604

9

Hornachuelos

4660

11

Palma del Río

21582

21

Posadas

7512

13

Pozoblanco

Alcaracejos

1527

9

Añora

1555

9

Conquista

448

7

Dos Torres

2442

11

Guijo (El)

382

7

Pedroche

1636

9

Pozoblanco

17491

17

Santa Eufemia

893

7

Torrecampo

1202

9

Villanueva de Córdoba

9226

13

Villanueva del Duque

1580

9

Villaralto

1264

9

Viso (El)

2683

11

Priego de Córdoba

Almedinilla

2468

11

Carcabuey

2632

11

Fuente Tojar

721

7

Priego de Córdoba

23112

21

ANEXO

Entidades de ámbito territorial inferior al municipal, en las que procede la aplicación del artículo 199.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Entidad Local Autónoma

Municipio al que pertenece

Tramo de población

Número de vocales

Algallarin

Adamuz

Mayor o igual a 250

2

Encinajero de Córdoba

Córdoba

Mayor o igual a 250

4

Aldea de Fuente Carretero

Ochavillo del Río

Fuente Palmera

Fuente Palmera

Mayor o igual a 250

Mayor o igual a 250

4

4

Castil de Campos

Priego de Córdoba

Mayor o igual a 250

4

La Guijarrosa

Santaella

Mayor o igual a 250

4

De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.6 del citado Real Decreto, las Corporaciones Locales interesadas, los partidos políticos y los particulares dispondrán de un plazo improrrogable de siete días naturales, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, para presentar reclamaciones sobre el número de concejales o vocales asignados ante la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística.

Córdoba, 23 de febrero de 2015. El Subdelegado del Gobierno, Fdo. Juan José Primo Jurado.

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