Boletín nº 61 (30-03-2015)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 2.215/2015
Con fecha de 25 de marzo de 2015, mediante Decreto con número 2115, he resuelto lo que sigue:
En el Boletín Oficial de la Provincia número 39, de 25 de febrero de 2014 (corrección de errores en el Boletín Oficial de la Provincia número 49, de 12 de marzo de 2014), se publicaron las bases de la convocatoria para la provisión con carácter definitivo de diversos puestos de trabajo vacantes en la Diputación de Córdoba, mediante concurso general de méritos.
Vista la propuesta definitiva de adjudicación, publicada en el Tablón de Edictos el día 4 de marzo de 2015, de la Comisión de Valoración nombrada mediante Decreto de esta Presidencia con número 2014/7045.
Visto el Informe del Servicio de Recursos Humanos, acreditada la observancia de las normas reglamentarias, de las bases de la convocatoria, así como del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los/as candidatos/as; con arreglo al procedimiento establecido y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
He Resuelto
Primero. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria en los términos que se expresan en Anexo a la presente.
La renuncia a los destinos obtenidos en el concurso no tendrá efecto, salvo que concurra alguno de los supuestos contemplados en la Base 8.
Los destinos adjudicados tienen carácter voluntario, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.
El personal que haya obtenido puesto de trabajo a través del presente concurso no podrá participar en otra convocatoria de provisión de puestos mediante el sistema de concurso hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión en el mismo, salvo en los supuestos de remoción o de supresión del puesto de trabajo de destino definitivo.
La toma de posesión se deberá producir en el plazo de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. El plazo se computa a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Podrá diferirse la fecha de cese de conformidad con lo dispuesto en la Base 9 de las que rigen la convocatoria.
Segundo. Declarar desierto uno de los puestos de Auxiliar Técnico OPAC, no habiendo solicitado dicho puesto más aspirantes que las personas propuestas.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia sirviendo de notificación a los/as interesados/as.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá ser recurrida potestativamente ante esta Presidencia, mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o ser impugnada directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, con arreglo al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116.2 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
ANEXO
ADJUDICATARIOS/AS CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS
(Bases BOP número 39, de 25-02-2014 y corrección de errores BOP número 49, de 12-03-2014)
Nombre y apellidos adjudicatario/a |
DNI |
Centro Puesto |
Cód. Puesto |
Denominación |
CD |
Dña. Mª Luisa Lucio-Villegas Mula |
30482576D |
Intervención |
448 |
Jefatura Negociado Fiscalización previa |
18 |
Dña. Mª Dolores Aguilar Martínez |
30499837C |
Intervención |
452 |
Jefatura Negociado CFP Ingresos/Anticipos Caja Fija/Pagos a Justificar |
18 |
D. Rafael Luis Medina Medina |
30452868V |
Intervención |
460 |
Jef. Neg. CFP Subvenciones |
18 |
Dña. Concepción Díaz Moya |
30438931H |
Intervención |
450 |
Jefatura Neg. Control Financiero Gastos Personal |
18 |
Dña. Antonia Pastor Carmona |
30469059Q |
Hacienda |
482 |
Jefatura Neg.gestión y soporte presup. de centros gestores |
18 |
Dña. Inmaculada Velasco Jiménez |
30547886E |
Régimen Interior |
290 |
Jefatura Negociado N.20 Régimen Interior |
20 |
Dña. Rosario Alcántara Nieto |
30407349S |
Secretaría General |
67 |
Auxiliar Técnico OPAC |