Boletín nº 68 (10-04-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 2.501/2015

En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 13 de marzo de 2015, de modificación de presupuesto número 5/2015 mediante la modalidad de de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:

 

A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:

CLAS.

FUN.

CLAS.

ECON.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

920

622.00

INSTALACIÓN ASCENSOR AYUNTAMIENTO

16.975,71

TOTAL

16.975,71

B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Baja por anulación de los siguientes créditos:

CLAS.

FUN.

CLAS.

ECON.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

338

226.11

FERIA Y FIESTAS

16.975,71

TOTAL

16.975,71

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí, a 6 de abril de 2015. La Alcaldesa, Fdo. María José Montes Pedrosa.

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