Boletín nº 68 (10-04-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Benamejí
Nº. 2.504/2015
En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 13 de marzo de 2015, de modificación de presupuesto número 8/2015 mediante la modalidad de de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:
A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:
CLAS. FUN. |
CLAS. ECON. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
|
920 |
623.04 |
ADMON. GRAL- S.A.I. AYUNTAMIENTO |
||
931 |
623.04 |
ADMON. GRAL- S.A.I. AYUNTAMIENTO |
||
161 |
623.04 |
ADMON. GRAL- S.A.I. AYUNTAMIENTO (*) |
||
132 |
623.04 |
ADMON. GRAL- S.A.I. AYUNTAMIENTO |
||
151 |
623.04 |
ADMON. GRAL- S.A.I. AYUNTAMIENTO |
||
912 |
623.04 |
ADMON. GRAL- S.A.I. AYUNTAMIENTO |
||
333 |
625.08 |
MOBILIARIO C.I. LA DUQUESA DE BENAMEJI |
3.500,00 |
|
171 |
623.01 |
PARQUES Y JARDINES- EQUIPAMIENTO |
1.100,00 |
|
TOTAL |
7.322,25 |
(*) IVA no incluido por tener carácter deducible.
B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Baja por anulación de los siguientes créditos:
CLAS. FUN. |
CLAS. ECON. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
|
338 |
226.11 |
FERIA Y FIESTAS |
7.322,25 |
|
TOTAL |
7.322,25 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Benamejí, a 6 de abril de 2015. La Alcaldesa, Fdo. María José Montes Pedrosa.