Boletín nº 74 (20-04-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.391/2015

La Directora General de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba ha dictado, con fecha 30 de marzo de 2015, el Decreto número 3963, del siguiente tenor literal:

Doña Antonia Luisa Sola Navas, Directora General de RR.HH, en relación al expediente de la convocatoria para la provisión en régimen laboral de duración indefinida de 2 plazas de Auxiliar Administrativo/a, en el marco del Acuerdo de Consolidación y Estabilidad en el Empleo de este Ayuntamiento, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2006 del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, apreciado error material en el Decreto númreo 11057, de 10 de septiembre de 2012, por el que se aprueban las Bases de la referida Convocatoria (BOJA número 243, de 13 de diciembre de 2012 y BOP número 244, de 26 de diciembre de 2012) y visto el informe jurídico emitido por el Técnico de la Administración General de la Dirección General de RR.HH en fecha 30 de marzo de 2015, en uso de las atribuciones que me han sido delegadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local número 504/2014, de 6 de junio de 2014, y por Decreto del Excmo. Sr. Alcalde número 5029, de 26 de mayo de 2014, vengo a disponer lo siguiente:

Primero. Reconocer la existencia de un error material o de hecho consistente en un simple error numérico en la transcripción del texto de las referidas bases, apreciándose un salto de numeración entre la base duodécima y la base decimocuarta. Se trata de un mero error de transcripción, carente de cualquier relevancia jurídica.

Segundo. En base a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, rectificar dicho error material, advirtiendo que no existe una base denominada decimotercera. No obstante, en aras de preservar el principio de seguridad jurídica y garantizar los derechos de los interesados, no se procederá a rectificar la numeración correlativa asignada a cada una de las bases sucesivas.

Tercero. Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, en los términos de los artículos 59.6 y 60 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para su conocimiento y efectos, significando que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse Recurso Potestativo de Reposición, ante la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso Potestativo de Reposición, no podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Córdoba, a 30 de marzo de 2015. El Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Por D.F. Decreto número 10880. Firmado electrónicamente por la Jefa del Departamento de Selección y Formación, Montserrat Junguito Loring.

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