Boletín nº 74 (20-04-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.554/2015

La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 13 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo número 192/15 mediante el que se aprueba la Concesión de Subvenciones a las Asociaciones y Entidades Comerciales, para la Campaña de Navidad 2014-15 y Rebajas de Invierno:

Primero. Aceptar la renuncia de la Asociación de empresarios y comerciantes de Ciudad Jardín (ADECOC) y desestimar las alegaciones presentadas por UVACO.

Segundo. Conceder las subvenciones correspondientes a la Convocatoria pública de la Delegación de Fomento Comercial y Consumo, para la Campaña de Navidad 2014-2015 y Rebajas de Invierno, a las Asociaciones y Entidades Comerciales que se indican, por los importes asimismo expresados:

ASOCIACIÓN

Total Proyecto

presentado

Subvención

solicitada

Reducción

s/puntos

Subvención a

conceder

% Subv.

solicitada

ACEVYS

  11.550,00 €

  9.240,00 €

  4.597,82 €

  4.774,02 €

51,67%

ADECOC

    4.176,30 €

  3.341,04 €

        0,00 €

        0,00 €

  0,00%

ACOSUR

    1.360,04 €

  1.088,03 €

    311,03 €

    322,95 €

29,68%

CENTRO CÓRDOBA

  28.000,00 €

22.400,00 €

16.283,31 €

16.907,33 €

75,48%

CEVICO

  25.442,50 €

20.354,00 €

13.406,50 €

13.920,27 €

68,39%

CENTRO HISTÓRICO P. HIST.

  15.125,00 €

  9.000,00 €

  6.753,60 €

  7.012,41 €

77,92%

UVACO

  17.350,00 €

13.880,00 €

  3.701,33 €

  3.843,17 €

27,69%

LA CORREDERA

    9.200,00 €

  4.600,00 €

  3.101,01 €

  3.219,85 €

70,00%

TOTAL

112.203,84 €

83.903,07 €

48.154,60 €

50.000,00 €

59,59%

Las subvenciones se otorgan con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto 2015 Z C10 4313 48911 0. Comercio y Vía Pública Subvenciones a Entidades Comerciales, que sustituye a la aplicación presupuestaria del Presupuesto 2014 Z B13.4330.48911.0 Promoción y Desarrollo. Subvenciones, debiendo justificarse en la totalidad del proyecto reformulado en el plazo previsto en las bases reguladoras de la presente Convocatoria de Subvenciones.

Tercero. El pago de las subvenciones otorgadas se realizará previa justificación por los beneficiarios, en el plazo previsto en la presente Convocatoria de Subvenciones, de la realización de la actividad, proyecto u objetivo para el que se concedió.

Cuarto. Publicar la concesión de las subvenciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, así como en la página web del Ayuntamiento.

Quinto. Notificar la resolución de concesión de las subvenciones a las Asociaciones interesadas, para su conocimiento y efectos.

Córdoba, a 31 de marzo de 2015. Firmado electrónicamente por el Delegado de Fomento Comercial y Consumo, Ricardo Rojas Peinado.

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