Boletín nº 75 (21-04-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villa del Río
Nº. 2.498/2015
No habiéndose presentado reclamaciones en el Expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servicio de piscina, instalaciones deportivas municipales y otras actividades deportivas (aprobado provisionalmente por Pleno en sesión de 28 de enero de 2015 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 27 de febrero de 2015), queda elevada a definitiva dicha aprobación provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del RD Legislativo 2/2004, por lo que a continuación se inserta el texto íntegro de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la citada norma.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA, INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y OTRAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Artículo 4º. Cuota Tributaria
4.2.2. Utilización Gimnasio Municipal
Los desempleados gozarán de una reducción del 50% en las tarifas descritas anteriormente por la utilización del Gimnasio Municipal, en usos de mañana para actividades no dirigidas. La acreditación se realizará con la aportación del Informe de vida laboral y la tarjeta de demanda de empleo actualizados.
La presente modificación de Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Villa del Río, a 8 de abril de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Bartolomé Ramírez Castro.