Boletín nº 76 (22-04-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 2.568/2015

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Procedimiento: Social Ordinario 1593/2013.

De: Fundación Laboral de la Construcción

Contra: Cordobesa de Montajes 2006 SL

 

DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL, NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1593/2013 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Cordobesa de Montajes 2006 SL, sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 2/02/15 del tenor literal siguiente:

"Que debo estimar y estimo la demanda rectora de este proceso formulada por la Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Cordobesa de Montajes 2006, SL, que no ha comparecido a dicho acto sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la demandante la cantidad de mil cuatrocientos noventa y siete euros (1.497 €) por los conceptos indicados.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma no cabe Recurso de Suplicación por razón de la cuantía (artículo 191.2.g) de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada Cordobesa de Montajes 2006 SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 20 de marzo de 2015. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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