Boletín nº 80 (28-04-2015)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Territorial en Córdoba
Nº. 2.707/2015
Convenio o Acuerdo: Hispanomoción SA (antes El Motor Nacional SA)
Expediente: 14/01/0091/2015
Fecha: 13/04/2015
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación
Destinatario: Don Juan Andrés García Alonso
Código: 14000032011981
Visto el texto de los Acuerdos adoptados el día 27 de febrero de 2015, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Hispanomoción SA, por los que, entre otros, se aprueban las Tablas Salariales de 2015, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Acuerda
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Delegado Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, José Ignacio Expósito Prats.
ACTA ACTUALIZACIÓN TABLA SALARIAL 2015
En Córdoba, siendo las 12,30 horas del día 27 de febrero de 2015, se reúnen los representantes que se detallan a continuación:
-Por la Representación Empresarial:
Don Gregory S. Belhassen y don Antonio J. Luque Varela.
-Por la Representación Social:
Don Ricardo Rubio García, don Juan Carlos Rodríguez Cuerva y don José Ortiz Mora.
1º) Actualización de salarios a 31/12/2014:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26° del Convenio Colectivo de Hispanomoción, se aplicará a 31 de diciembre de 2014 el lPC acumulado del año 2014. En vista de que el IPC real de 2014 ha resultado negativo (-1%), los niveles salariales de convenio se mantienen en las mismas cuantías que para el año precedente.
Los importes de los niveles salariales de Convenio se recogen Anexo a la presente acta.
2º) Otros conceptos a 31/12/2014
Los restantes conceptos que se contienen en el mencionado Anexo, se mantienen en las mismas cuantías que el año precedente por resultar el IPC real de 2014 negativo (-1%).
3º) Prima de Objetivos 2014.
La RE presenta los resultados relativos a los objetivos considerados para el devengo de la Prima de Objetivos 2014, que arrojan un 75,32% de consecución, lo que supone un 1,13% sobre salario de referencia.
Al no haberse alcanzado el 80% de cumplimentación en todos los objetivos establecidos, no se produce el devengo de la Prima Suplementaria de evolución del lPC real, aunque en este caso ello no es relevante dado que el IPC ha sido negativo.
Se acompaña al Acta Anexo con el resumen de cumplimentación de los objetivos 2014.
4°) Prima de Objetivos 2015
La RE informa que la Prima de 2015 todavía no ha sido determinada por lo que indica que se comunicará al Comité en cuanto esté establecida.
5°) Apoderamiento
Ambas partes acuerdan apoderar a don Juan Andrés García Alonso y a don Darío del Pozo Vega para que realicen los trámites oportunos para la presentación, inscripción y depósito del presente Acta en el Registro de Convenios Colectivos correspondiente.
Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, en el lugar y fecha del encabezamiento.
TABLA SALARIAL A PARTIR DE 31/12/2014
Salario de Convenio (artículo 24º)
Niveles |
Cuantía |
8 |
19.700,00 |
7 |
18.500,00 |
6 |
17.400,00 |
5 |
16.400,00 |
4 |
15.500,00 |
3 |
14.700,00 |
2 |
14.000,00 |
1 |
13.500,00 |
Valor hora extraordinaria (artículo 30º)
Niveles |
Cuantía |
8 |
16,70 |
7 |
15,69 |
6 |
14,75 |
5 |
13,91 |
4 |
13,14 |
3 |
12,46 |
2 |
11,87 |
1 |
11,45 |
Plus Transporte (artículo 27º) |
988,04 € |
BENEFICIOS SOCIALES |
|
Complemento de jubilación (artículo 32º) |