Boletín nº 81 (29-04-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 1.643/2015

Por Acuerdo adoptado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 9 de enero de 2015, se aprobó con carácter definitivo la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar, en el ámbito Viario público de la Plaza Caganchuelo. Asimismo, con fecha 29 de enero de 2015, se ha procedido al depósito e inscripción en el Registro Autonómico bajo el número 6.377, y con fecha 20 de febrero de 2015, en el Registro Municipal bajo el número 1/2015.

Es por lo que se procede en aplicación de los artículos 70.2 y 70.ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva y del articulado de las normas contenidas en el referido instrumento de planeamiento.

El Acuerdo de aprobación definitiva tiene el tenor literal siguiente:

"Primero: Aprobar definitivamente el Proyecto de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar, número 6/2013, promovido de oficio por este Ayuntamiento, consistente en la modificación del viario de la Plaza de Caganchuelo, en el núcleo de Iznájar.

Segundo: Remitir un ejemplar completo debidamente diligenciado del Proyecto de Modificación Puntual 6/2013 del Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar, de modificación del viario de la Plaza de Caganchuelo, en el núcleo de Iznájar, al Registro Autonómico y al Registro Municipal para su depósito e inscripción, junto con certificación del presente acuerdo de aprobación definitiva.

Tercero: Previo depósito e inscripción en el Registro Autonómico y Municipal, el Acuerdo de aprobación definitiva, así como el contenido del articulado de sus Normas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. La publicación llevará la indicación de haberse procedido previamente al depósito en el Registro del Ayuntamiento y en la Consejería competente en materia de urbanismo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Iznájar, a 20 de febrero de 2015. La Alcaldesa, Fdo. Isabel Lobato Padilla.

CONTENIDO NORMATIVO DE LA INNOVACIÓN:

1. MEMORIA INFORMATIVA

-Objeto de la innovación.

El objeto de la presente innovación es la modificación del viario público en una zona de la Plaza Caganchuelo de Iznájar (Córdoba).

-Planeamiento vigente y marco legal.

El planeamiento vigente en el Municipio de Iznájar es el Plan General de Ordenación Urbanística, aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 29 de julio de 2009.

La redacción de la presente Innovación tiene como base legal la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) Artículos 35,36,37 y 38 y la Ley Ley 13/2005, de 11 de noviembre de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo (LMVPS), Artículo 24. Cuatro y Cinco.

Asimismo, y de forma supletoria, se aplicarán los Reglamentos: de Planeamiento, de Gestión Urbanística y de Disciplina Urbanística vigentes, siempre que sean compatibles con las leyes anteriores.

-Afecciones medioambientales y sectoriales.

No existen afecciones medioambientales ya que no se altera lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental del PGOU aprobado y tampoco existen afecciones sectoriales.

2. MEMORIA JUSTIFICATIVA

-Procedencia, conveniencia y oportunidad de la innovación.

El Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar, en su artículo 1.3 establece que:

La innovación de las determinaciones contenidas en este Plan podrá llevarse afecto mediante su revisión o modificación, conforme a lo previsto en la legislación urbanística (1.3.1), sin perjuicio de la regulación especifica establecida en este Plan.

En el artículo 1.5. Modificaciones del Plan General de Ordenación Urbanística, se especifica:

1. Se considera como modificación del Plan aquella alteración de sus determinaciones que no constituya supuesto de revisión conforme a lo dispuesto en el artículo 1.4 de estas Normas Urbanísticas. Deberá ser establecida por la misma clase de instrumento, observando iguales determinaciones y procedimiento, y teniendo idénticos efectos (1.5.1).

Esta innovación se redacta como modificación, de naturaleza pormenorizada, ya que se ajusta a lo especificado en el artículo 1.5 del Plan General de Ordenación Urbanística.

La redacción de este documento representa el compromiso del Ayuntamiento de Iznájar para la continua adaptación y resolución de los errores que se detecten en su planeamiento general.

-Descripción y justificación de la innovación.

La presente innovación se redacta para proponer la modificación de la representación gráfica que aparece del viario público en una zona del entorno de la Plaza Caganchuelo, que aparece representado en los planos número 26.TR.IZ.OC. Iznájar y número 47.TR.IZ.ALT Iznájar del PGOU de Iznájar como solar de titularidad privada, siendo su uso históricamente y actual el de viario de carácter público.

En los planos número 26.TR.IZ.OC. Iznájar y número 47.TR.IZ.ALT Iznájar del PGOU de Iznájar, se representa parte del viario público como parte integrante de la parcela de suelo urbano de carácter privado situada en la Plaza Caganchuelo número 1, una zona que era de uso público destinado a viario público en el momento de la redacción del PGOU.

En los planos anteriores del actual PGOU, se representa en esta zona el viario de acceso a la vivienda situada en el número 1 de la Plaza Caganchuelo como perteneciente a dicha parcela de suelo privado, sin correspondencia con el carácter y propiedad públicos de dicho viario.

El carácter de viario público de esta zona sí se reflejaba en el planeamiento anterior al PGOU, las Normas Subsidiarias, tal como se indica en el plano número 3 de dichas NNSS del año 1994. Como puede verse en el plano número 3 de dichas NNSS, el viario objeto de esta innovación conectaba la actual Plaza Caganchuelo con la calle actualmente llamada La Torre.

Esta situación de entrantes del viario para acceder a las viviendas no es una excepción en esta zona, ya que es común en el trazado de las calles extramuros del castillo, como puede verse en las fotografías números 1 y 2 y en la planimetría de la zona alta o histórica de Iznájar, se trata de un trazado propio de la imagen urbana de esta zona del entorno del castillo. Actualmente la zona del viario objeto de esta innovación se encuentra con el acerado y pavimentación que puede verse en las fotografías números 4 y 5, realizados con proyecto del Área de infraestructura y Desarrollo Sostenible de la Diputación de Córdoba.

Por todo lo anterior, se realiza modificación de la representación en los planos número 26.TR.IZ.OC. Iznájar y número 47.TR.IZ.ALT Iznájar del PGOU de Iznájar, para que la calificación de esta zona del viario se corresponda con su uso y propiedad de carácter público que ha tenido históricamente y que sigue teniendo en la actualidad.

-Alcance.

Contenido modificado en relación con el planeamiento vigente:

En la innovación se modifica el viario público en el entorno de la Plaza Caganchuelo que aparece en los planos siguientes del Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar.

PLANO 26.TR.IZ.OC. IZNÁJAR

ORDENACIÓN COMPLETA. NÚCLEO DE IZNÁJAR.

Calificación, usos y sistemas

PLANO 47.TR.IZ.ALT IZNAJAR

ORDENACIÓN COMPLETA. NÚCLEO DE IZNÁJAR

Altura de la edificación

Vigencia documental y de contenidos de instrumento modificado.

La Modificación tendrá vigencia indefinida, o en cualquier caso, hasta que concurran supuestos de posibles innovaciones de la misma.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad