Boletín nº 98 (25-05-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Castro del Río

Nº. 3.621/2015

Decreto de la Alcaldía. En Castro del Río a 13 de mayo de 2015.

Mediante acuerdo plenario de fecha 16 de marzo de 2015, fue aprobado el Plan de Empleo para la funcionarización del personal laboral fijo de la plantilla del Ayuntamiento de Castro del Río, así como la modificación de la RPT y plantilla de personal, y habiéndose expuesto al público mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 74, de 20 de abril, no se han presentado alegaciones deviniendo definitivo el hasta entonces acuerdo provisionalmente adoptado.

En el ámbito de las atribuciones que le confiere la vigente legislación de régimen local, artículo 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, esta Alcaldía Ha Resuelto:

PRIMERO. Aprobar las siguientes bases que han de regir el proceso selectivo:

BASES PARA LA FUNCIONARIZACIÓN DEL PERSONAL LABORAL FIJO EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE CASTRO DEL RÍO

Primera. Objeto de la Convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por el sistema de promoción interna horizontal, mediante concurso-oposición, de las plazas pertenecientes a los distintos Grupos de clasificación profesional, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y que se incluyen en los Anexos incluidos en esta convocatoria; ello en cumplimiento del acuerdo plenario de fecha 16 de marzo de 2015 de funcionarización del personal laboral fijo en plantilla y Decreto de la Alcaldía de fecha 8 de abril de 2015.

El sistema de provisión será mediante promoción interna horizontal para ser ocupadas por personal de este Ayuntamiento que tenga la condición de laboral fijo en plantilla y cumpla los requisitos establecidos en la Base segunda.

Segunda. Requisitos

Para tomar parte en este concurso-oposición los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

-Tener la condición de personal laboral fijo en plantilla con anterioridad al día 13 de mayo de 2007 o en virtud de proceso selectivo convocado con anterioridad a dicha fecha.

-Estar en posesión de la titulación exigida para cada una de las plazas que constan en el Anexo de esta convocatoria. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título.

Tercera. Solicitudes de Admisión

Las solicitudes deberán cumplimentarse necesariamente, en el impreso normalizado establecido por este Ayuntamiento, que se facilitará en el Registro General y que se encuentra disponible también en la sede electrónica:

https://www.ayuntamientocastrodelrio.org

A dicha solicitud se adjuntarán:

-Los documentos acreditativos de los méritos alegados, conforme al Baremo que se establece en la Base Octava. El Tribunal no valorará méritos que no estén acreditados documentalmente el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

-Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que se expresa para cada Grupo de Clasificación profesional, cantidad que podrá ser abonada mediante ingreso o transferencia a la Entidad Cajasur BBK Bank IBAN ES08.0237.0022.2091.5064.8823 colaboradora de este Ayuntamiento, o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aún cuando sea impuesto por persona distinta).

Grupo de C2: 6 euros.

Agrupaciones profesionales: 6 euros.

Los aspirantes que acrediten alguna de las siguientes condiciones, obtendrán las bonificaciones que para cada una de ellas se indica:

a) Familia numerosa, de carácter general o monoparental, un 30 %.

b) Familia numerosa, de carácter especial, un 40 %.

c) Las personas que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, estarán exentas de esta tasa.

La acreditación de las citadas condiciones, deberá adjuntarse a su solicitud.

La falta de abono de los derechos de examen, dentro del plazo de presentación de solicitudes, determinará la exclusión del aspirante.

Las referidas solicitudes deberán dirigirse al Señor. Alcalde de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General de entrada de documentos de este Ayuntamiento, o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta. Lista de Aspirantes, Comienzo de los Ejercicios y Orden de Actuación

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde dictará resolución en el término máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos puedan subsanar o completar su documentación, con los efectos administrativos previstos en dicho precepto.

En la misma Resolución se expresará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica:

https://www.ayuntamientocastrodelrio.org

La publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado del sorteo publicado por Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, iniciándose por aquél cuyo apellido comience con la letra j, siguiéndose sucesivamente de manera alfabética.

Quinta. Tribunal Calificador

El Tribunal calificador estará integrado por los siguientes funcionarios de carrera:

-Presidente: A designar por la persona titular de la Alcaldía.

-Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía.

-Secretario: El titular de la Corporación o funcionario de carrera en quién delegue, que actuará con voz pero sin voto.

Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza objeto de esta convocatoria.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación se requerirá la presencia de, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, más la del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

Sexta. Llamamientos

Los aspirantes serán convocados para la realización del ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Los llamamientos se efectuarán mediante los correspondientes anuncios que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en el lugar de celebración de las pruebas y sede electrónica:

https://www.ayuntamientocastrodelrio.org

Séptima. Lugar y Calendario de Realización de las Pruebas

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en dependencias municipales, y darán comienzo en la fecha y hora que se determine por la Alcaldía.

A partir del inicio de la indicada fase de oposición, el Tribunal determinará la fecha para la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de cinco días hábiles ni más de cuarenta y cinco días hábiles.

Por analogía con lo dispues

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