Boletín nº 99 (26-05-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de El Guijo
Nº. 3.448/2015
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 29 de abril de 2015, en el Punto Décimo del Orden del Día, bajo la rúbrica "Acuerdo si procede de Declaración de Innecesariedad de la Tramitación de Avance", adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva dice literalmente lo que sigue:
"Primero: Acordar, a la vista del informe técnico emitido por el SAU-Pedroches y el emitido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Córdoba, la innecesaridad de tramitar el Avance del planeamiento regulado en el artículo 4 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamiento existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en base tanto a la ausencia de asentamientos urbanísticos en el término municipal de El Guijo como de asentamientos que pudieran ser objeto de calificación como ámbitos de Hábitat Rural Diseminado.
Segundo: Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Tercero. Dar cuenta del presente acuerdo a los Servicios Técnicos Municipales, y remitir certificación del presente acuerdo a la Delegación Territorial competente en materia de urbanismo para su conocimiento y efectos oportunos".
Lo que se hace público para general conocimiento.
El Guijo, a 11 de mayo de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Eloy Aperador Muñoz.