Boletín nº 99 (26-05-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Badajoz

Nº. 3.453/2015

Juzgado de lo Social Número 1 de Badajoz

Procedimiento: Despido/Ceses en general 949/2013

Sobre: Despido

Demandante: Don Ioan Mariam Perruna

Graduado Social: Don Vicente Preciado Fernández

Demandado: Don Álvaro Rodríguez Morgado

 

DON JOSÉ MARÍA HIDALGO ESPERILLA, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE BADAJOZ, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Despido 949/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de don Ioan Mariam Pedruna contra la empresa Álvaro Rodríguez Morgado, sobre Despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Que debía declarar y declaraba extinguida la relación laboral existente entre el productor y la empresa condenando a ésta a que en concepto de indemnización abone al actor la cantidad de 9.171,86 euros, y en concepto de salarios de tramitación, la de 7.086,99 euros.

Notifíquese a las partes, advirtiéndoles que la presente resolución no es firme y contra la misma cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días siguientes al de la notificación de la misma, debiendo acreditar, a la interposición, haber constituido un depósito de 25 euros en la cuenta del Juzgado abierta en Santander número 0337 0000 65 quien no tenga la condición de trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o esté exento de ello por disposición legal.

Y para que sirva de notificación a Álvaro Rodríguez Morgado, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Badajoz, a 6 de mayo de 2015. El Secretario Judicial, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad