Boletín nº 99 (26-05-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 3.457/2015

Aprobado inicialmente el expediente de Revisión de Oficio del Acto Aprobación Definitiva Plan Especial Los Olivares por Acuerdo del Pleno de fecha 27 de abril de 2015, de conformidad con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se somete a información pública por el plazo de veinte días , a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Ayuntamiento de Alcaracejos

Por Acuerdo del Pleno de fecha 27 de abril de 2015, se aprobó definitivamente el Proyecto de Actuación para la Electrificación Los Olivares, lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Primero. Aprobar el Plan Especial Electrificación Rural "Camino de los Olivares", presentado por la Asociación Vecinal Camino de los Olivares, necesario y previo a la licencia de obras, para la Electrificación Rural Camino de los Olivares, condicionado a que se cumplan las especificaciones indicadas en el Estudio de Impacto Ambiental y en el Condicionado del Informe de Valoración Ambiental que se recoge como Anexo.

Segundo. La autorización que supone la aprobación del Plan Especial tendrá una duración de cincuenta años.

Tercero. El propietario deberá asegurar la prestación de garantía por importe de cuantía mínima del 10% para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos, y del pago de la prestación compensatoria, según se especifica en el artículo 52.4 y 5 de la LOUA.

Cuarto. La licencia correspondiente para realizar la actuación de interés público pretendida deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del Plan Especial.

Quinto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a efecto de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. La publicación llevará la indicación de haberse procedido previamente al depósito en el Registro del Ayuntamiento y en la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Sexto. Remitir la documentación completa del Plan Especial Electrificación Rural "Camino de los Olivares", al Registro Autonómico y al Registro Municipal para su depósito e inscripción.

Séptimo. Notificar la Resolución al interesado a los efectos oportunos.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Alcaracejos, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo de Córdoba en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

En Alcaracejos, a 5 de mayo de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Luciano Cabrera Gil.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad