Boletín nº 100 (27-05-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Santa Eufemia

Nº. 3.746/2015

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 29 de abril de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos número 1/2015, que se hace público resumido por capítulos:

 

 

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS:

Área de

Gasto

Capítulo

Denominación

Importe

1

2

Servicios Públicos Básicos-Gastos corrientes bienes y serv.

  1.000,00

3

2

Producc. Bienes public.- Gastos corrientes bienes y serv.

  4.500,00

4

2

Act. de carácter económico-Gastos corrientes bienes y serv.

  6.500,00

SUPLEMENTOS:

Área de

Gasto

Capítulo

Denominación

Importe

1

2

Servicios Públicos Básicos-Gastos corrientes bienes y serv.

  7.800,00

3

2

Producc. Bienes public.- Gastos corrientes bienes y serv.

  5.000,00

3

6

Producc. Bienes public.- Inversiones reales

    200,00

FINANCIACIÓN:

432

62202

Promoción turística- Terminación hotel y alojamientos rurales

20.000,00

920

62501

Administración General-Mobiliario

  3.000,00

920

62600

Administración General-Equipamiento informático

  2.000,00

TOTAL BAJAS POR ANULACIÓN

25.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Santa Eufemia, a 25 de mayo de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Elías Romero Cejudo.

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