Boletín nº 106 (05-06-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Palmera
Nº. 3.922/2015
Don Juan Antonio Fernández Jiménez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba), hace saber:
Que en cumplimiento del artículo 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha de 27 de octubre de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos número 157/2015, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de Crédito, que se hace público resumido por capítulos:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Importe |
1532.611.06 |
Mejora de vías públicas |
175.000,00 € |
TOTAL |
175.000,00 € |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación de crédito en su modalidad de suplemento de crédito se financia con bajas en otras partidas del Presupuesto de Gastos aprobado para el presente ejercicio:
BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Importe |
334.622.01 |
Construcción Edificio Polivalente |
175.000,00 € |
TOTAL |
175.000,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Fuente Palmera, a 26 de mayo de 2015. El Alcalde-Presidente, Fdo. Juan Antonio Fernández Jiménez.