Boletín nº 110 (11-06-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 3.896/2015

A los efectos previstos por la Ley 30/1992, de 6 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículos 59.1, 60 y 61, se publica acuerdo de iniciación de expediente sancionador, referido a los expedientes que siguen.

Denunciado

Norma infringida

Expediente

Sanción

Ait Malek Zaid

Ordenanza Municipal de Tráfico

263/2015

  70,00€

Barea Aguilera, Juan Carlos

Reglamento General de Circulación

324/2015

Cantero Rodríguez, Raúl

Ordenanza Municipal de Tráfico

316/2015

  50,00€

Carretero Cordobés, Juan Francisco

Ordenanza Municipal de Tráfico

362/2015

  70,00€

Balteanu Venus

Ordenanza Municipal de Tráfico

347/2015

  50,00€

De las Morenas García, María Eugenia

Reglamento General de Circulación

77/2015

200,00€

De Prado Martínez, Manuel

Ordenanza Municipal de Tráfico

284/2015

  50,00€

Fernández Campos, María

Ordenanza Municipal de Trafico

359/2015

  50,00€

García Santiago, Carmen

Ordenanza Municipal de Tráfico

290/2015

  50,00€

Hernández Martínez, Sonia

Reglamento General de Circulación

259/2015

  90,00€

Lozano Ayllón, María Dolores

Reglamento General de Circulación

276/2015

  90,00€

Luna Tapia, María Antonia

Ordenanza Municipal de Tráfico

291/2015

  50,00€

Morales Pulido, Antonio

Ordenanza Municipal de Tráfico

314/2015

  70,00€

Mualcasa,SL

Ordenanza Municipal de Tráfico

195/2015

  50,00€

Mudarra Huertes, José

Ordenanza Municipal de Tráfico

336/2015

  50,00€

Ortiz Cruz, Antolín

Ordenanza Municipal de Tráfico

319/2015

  50,00€

Pastor Gómez, Sebastián

Ordenanza Municipal de Tráfico

328/2015

200,00€

Saracin Constantin

Ordenanza Municipal de Tráfico

338/2015

  50,00€

Urbamorpe SL

Reglamento General de Circulación

257/2015

  90,00€

En la Jefatura de la Policía Local de Baena podrán ser examinados los expedientes, pudiendo alegar por escrito lo que estimen oportuno, con aportación o proposición de las pruebas que consideren, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Baena, a 20 de mayo de 2015. El Alcalde, firma ilegible.

Aviso jurídico

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