Boletín nº 110 (11-06-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Palenciana
Nº. 3.992/2015
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 29 de abril de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos número 3/2015, por Créditos Extraordinarios, cuyo resumen aparece publicado en el Boletín Oficial de la Provincia Córdoba, número 90, de 13 de mayo de 2015.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Palenciana, a 2 de junio de 2015. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Pinto Orellana.