Boletín nº 111 (12-06-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 3.938/2015
Intentada sin efecto la notificación de escrito de Resolución de Alcaldía del Expediente 487/2014 de fecha 23 de abril de 2015, contra don Rafael Espuny Fernández y que en su parte bastante dice:
1º No admitir el Recurso de Reposición contra la resolución del expediente 487/2014 por extemporáneo.
2º Notificar el presente acuerdo a Rafael Espuny Fernández y al Sr. Instructor del expediente 487/2014.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto, para que sirva de notificación de la misma.
En el expediente sancionador en materia de materia de tráfico 487/2014 que podrá ser examinado en el departamento de sanciones de este Ayuntamiento, constan los hechos que se le imputan, así como la sanción impuesta, informándole de los recursos que puede ejercitar según Ley.
Aguilar de la Frontera, 28 de mayo de 2015. El Alcalde en Funciones, Fdo. Francisco Juan Martín Romero.