Boletín nº 113 (16-06-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 3.967/2015
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Procedimiento: 691/13
Ejecución Número: 42/2015
De: Doña Clara Antonia Balsera Antúnez
Contra: Empresa Torrox 2009 SL y Fogasa
DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 42/2015, dimanante de autos número 691/13, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Clara Antonia Balsera Antúnez contra Empresa Torrox 2009 SL y Fogasa, habiéndose dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
"Acuerdo:
Declarar a la ejecutada Empresa Torrox 2009 SL, en situación de Insolvencia Total por importe de 3.659,33 euros de principal, más 731 euros que se calculan para intereses y costas euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado número debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. El Secretario Judicial".
Y para que sirva de notificación en forma a Empresa Torrox 2009 SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en Córdoba, a 27 de mayo de 2015. El Secretario Judicial, firma ilegible.