Boletín nº 115 (18-06-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 4.035/2015

Por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de mayo de dos mil quince, se adoptó el acuerdo que copiado dice así:

"PRIMERO. Aprobar el contenido de los acuerdos adoptados por el Sr. Alcalde como representante de este Ayuntamiento, los/as delegados/as de personal laboral y funcionarios y la delegada sindical de la UGT con efectos desde la adopción del mismo, que copiado dice así:

"1. Prestación médico-farmacéuticas. Expuso el Sr. Sánchez Villaverde la necesidad de disponer de un tope máximo anual por empleado para dicha prestación. Llegándose al acuerdo de establecer dicho tope por empleado en concepto de ayuda por prestación médico-farmacéutica en la cantidad de 300,00 €".

2. Formación y perfeccionamiento. Expuso el Sr. Sánchez Villaverde la necesidad de la Corporación de disponer de los créditos disponibles en las partidas de Formación y perfeccionamiento del personal para transferir a otros gastos a realizar por la Corporación. Se acuerda acceder lo solicitado por el Sr. Alcalde, toda vez que la formación se está realizando a través de la Excma. Diputación, y por lo tanto no se va a disponer de dicho crédito.

3. Varios. Se solicita por parte de los representantes de los trabajadores se cumpla en su totalidad el vigente Convenio Colectivo, a lo que el Sr. Sánchez Villaverde accede siempre y cuando no exista legislación en contra".

SEGUNDO. Dar traslado de este acuerdo a los Delegados de Personal laboral y funcionario y a los Delegados Sindicales, así como dar cuenta a la Intervención de Fondos de la Corporación y a la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía y publicarlo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba".

Lo que se comunica para general conocimiento.

Montoro, a 29 de mayo de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Romero Pérez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad