Boletín nº 117 (22-06-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Cabra
Nº. 4.115/2015
El Alcalde de esta Ciudad, hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesiones celebradas los días 28 de enero de 2013 y 26 de noviembre de 2014, acordó aprobar definitivamente el Instrumento de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Cabra, en el ámbito del "artículo 8.252. Actividad Agropecuaria".
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, haciéndose constar que se ha procedido a inscribir la presente Modificación en el Libro de Registro Administrativo Municipal de Instrumentos de Planeamiento con el número de expediente SI-Aa012 y en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con el número 5.895, y entrará en vigor una vez transcurridos quince días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, siendo la Ordenanza de esta modificación del PGOU aprobada, la siguiente:
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 8.252. ACTIVIDAD AGROPECUARIA DE LAS NORMAS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE CABRA
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Sección 3ª: Determinaciones de carácter general de los usos y las edificaciones.
Artículo 8.252 (p) Actividad Agropecuaria.
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CONDICIONES PARTICULARES DE EDIFICACIÓN VINCULADAS AL USO AGROPECUARIO
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4. Vivienda agraria ligada a la explotación agropecuaria, su implantación deberá cumplir las siguientes condiciones:
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d. La superficie mínima de la parcela vinculada a la edificación, será de 3 (tres hectáreas, a excepción del suelo "Estribaciones de la Sierra de Cabra" y suelo protegidos, en donde será de 10 (diez) hectáreas.
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Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto.
Cabra, 4 de junio de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.