Boletín nº 120 (25-06-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 4.175/2015

Teniendo conocimiento que doña Elena Pérez de la Lastra González, con DNI 30.413.567T, y don Manuel Quero Pérez de la Lastra, con DNI 50.616.700W, han dejado voluntariamente el domicilio en calle Pablo Picasso, 27, 1º, A en el que figuran empadronados, desconociéndose si han solicitado el alta en el Padrón Municipal de otro municipio, al no haber recibido este Ayuntamiento comunicación alguna, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento.

Efectuada la notificación en el último domicilio conocido por la Oficina de Correos con acuse de recibo el día 26/03/2015, dichas notificaciones han sido recibidas y firmadas por otra persona. Haciendo caso a una Sección Provincial que entiende que considerar practicada una notificación a los interesados que ha sido recibida por otra persona puede originar graves perjuicios a los notificados, al privarlos de un derecho fundamental, dadas las posibles repercusiones, entre otras, en el Censo Electoral. Se considera acertada la decisión de la Sección de agotar los trámites de notificación instando a los Ayuntamientos a publicar la notificación en el Boletín Oficial de la Provincia, por lo que, se procede a realizarla a través del presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Durante el plazo de quince días, contados desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, el interesado podrá presentar, en el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento, los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

Transcurrido el plazo señalado sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo establecido en el apartado II-1-c.2 de la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal.

Montalbán de Córdoba, a 11 de junio de 2015. El Alcalde en funciones, Fdo. Miguel Ruz Salces.

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