Boletín nº 126 (03-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 4.353/2015

Anuncio de convocatoria de subvenciones para actividades de cooperación y solidaridad con los países en vía de desarrollo correspondiente al ejercicio 2015.

La Junta de Gobierno Local, en sesión de 14 de mayo de 2015, acordó aprobar las Bases reguladoras específicas y efectuar la convocatoria de subvenciones a que se refiere el presente anuncio.

A los efectos previstos en el artículo 5 de la Ordenanza General reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 74, de 27 de abril del 2007, por el presente se anuncia la referida convocatoria que habrá de regirse por las Bases reguladoras aprobadas al efecto, de las que se inserta a continuación el siguiente extracto:

OBJETO Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN

La cooperación internacional para el desarrollo a prestar por el Ayuntamiento de Lucena para el ejercicio 2015 se llevará a cabo a través de la cooperación internacional bilateral indirecta, con el objetivo de contribuir a la erradicación de la pobreza, la atención de la salud y la educación infantil, lograr la enseñanza primaria universal, promover la igualdad entre los sexos y la autonomía de la mujer, mejorar la salud materna, combatir los efectos de enfermedades infecto-contagiosas y garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.

Se desarrollará a través de agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo: ONGDs, Agentes económicos y sociales, Organismos de Solidaridad, Entidades Públicas, Asociaciones, Municipalidades, etc. siempre que actúen, sin carácter lucrativo, en el ámbito de la cooperación al desarrollo.

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN Y PORCENTAJE DE FINANCIACIÓN PROPIA POR PARTE DE LOS BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones aquellas Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGDs), Organismos de Solidaridad, Entidades Públicas, Asociaciones o Municipalidades (entendiéndose por tales, administraciones públicas o entes dependientes de las mismas), con personalidad jurídica y capacidad legal para actuar de acuerdo con la normativa vigente en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. Podrán actuar por sí solos o en cooperación con ONGDs de países donde se pretendan llevar a cabo las intervenciones, que tengan como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos, y cumplan, en su caso, los siguientes requisitos:

-Estar legalmente constituidos, al menos, con cinco años de anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Si la ONGDs hubiera sufrido modificación en su forma jurídica de Asociación o Fundación, se respetará la antigüedad siempre que esta circunstancia esté acreditada en los estatutos de la nueva entidad.

-Tener entre sus fines estatutarios la cooperación internacional al desarrollo o ayuda humanitaria.

-Las ONGDs, Organismos de Solidaridad y entidades públicas tendrán su domicilio social o delegación permanente en Lucena.

-Figurar inscrito en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

-Disponer de la estructura suficiente para el cumplimiento de los objetivos que se proponen en el proyecto a subvencionar.

-Carecer de ánimo de lucro.

-Encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, Hacienda Pública y Seguridad Social.

-No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

-No estar incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones anteriores.

-Haber justificado satisfactoriamente subvenciones municipales anteriores.

OFICINAS MUNICIPALES DONDE LOS INTERESADOS PUEDEN OBTENER INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA

Servicio de Información y Atención al Ciudadano (SIAC), planta baja de la Casa Consistorial, sita en Plaza Nueva número 1, de Lucena, o en la página web del Ayuntamiento:

(www.aytolucena.es).

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

En el propio Servicio de Información y Atención al Ciudadano (SIAC) o por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado a partir del día de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lucena, a 22 de junio de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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