Boletín nº 130 (09-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 4.542/2015

Con fecha 18 de junio de 2015, el Sr. Alcalde-Presidente ha dictado el Decreto anotado en el libro de resoluciones con número 1804 cuyo tenor literal es el siguiente:

"Decreto sobre Delegaciones de la Alcaldía en miembros de la Junta de Gobierno Local.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y en el ejercicio de la competencia que me atribuye, por medio del presente

HE RESUELTO:

PRIMERO. Delegar en los miembros de la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:

1º. En Doña Esperanza Caro de la Barrera Martín, Primera Teniente de Alcalde:

Desarrollo Local que comprende (Agricultura/Agroindustria; Turismo y Nuevas Tecnologías); Educación; Cultura; Relaciones con la Universidad; y Personal.

Estas delegaciones abarcarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

2º. En Don Antonio Navarro Santiago, Segundo Teniente de Alcalde:

Bienestar Social que comprende (Servicios Sociales y Sanidad); Participación Ciudadana; y Plan de Barriadas.

Estas delegaciones abarcarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

3º. En Doña Auria María Expósito Venegas, Tercera Teniente de Alcalde:

Seguridad que comprende (Seguridad Ciudadana; Movilidad y Tráfico; y Protección Civil); Modernización de la Administración; Administración Electrónica; Contrataciones; Patrimonio Municipal; Licencia de Actividades; Servicio de Atención a la Ciudadanía, Consumo; y la Delegación de firma del Alcalde-Presidente.

Estas delegaciones abarcarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

4º. En Doña Ana Belén Santos Navarro, Cuarta Teniente de Alcalde:

Urbanismo; Vivienda; Igualdad; y Festejos.

Estas delegaciones abarcarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

5º. En Don Pedro Velasco Sierra, Quinto Teniente de Alcalde:

Parques y Jardines; Medio Ambiente; Obras y Servicios Públicos; Servicios Técnicos; y Cementerio.

Estas delegaciones abarcarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

6º. En Don José María Parra Ortiz:

Deportes.

Esta delegación abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general. La facultad de resolver actos frente a terceros sobre estas materias le corresponderá a doña Auria María Expósito Venegas.

7º. En Doña Ana Isabel Fernández Rey:

Juventud; Adolescencia; y Cooperación Internacional al Desarrollo.

Estas delegaciones abarcarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general. La facultad de resolver actos frente a terceros sobre estas materias le corresponderá a doña Auria María Expósito Venegas.

8º. En Doña Ana Belén Caro de la Barrera Velasco:

Infancia; Parques Infantiles; Embellecimiento de la Ciudad; y Patrimonio Monumental.

Estas delegaciones abarcarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general. La facultad de resolver actos frente a terceros sobre estas materias le corresponderá a doña Auria María Expósito Venegas.

SEGUNDO. El Alcalde-Presidente asumirá las demás competencias que le atribuyan expresamente las Leyes y aquéllas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales; asumiendo en concreto las siguientes:

Hacienda; Transparencia y Buen Gobierno; Oficina de Recursos; Fondos Europeos; Obras PFEA; Planificación; y la adopción de medidas inmediatas ante las contingencias que sucedan en la localidad.

TERCERO. Se revoca expresamente cualquier otra delegación de facultades que pudiera existir en virtud de acuerdos anteriores.

CUARTO. Del presente decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, se notificará a los designados, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 y 44.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales".

Palma del Río, a 25 de junio de 2015. Firmado electrónicamente por la Concejala por delegación del Alcalde-Presidente, Auria María Expósito Venegas.

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