Boletín nº 134 (14-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 4.699/2015

En fecha 23 de junio de 2015, se ha adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria, el siguiente acuerdo de delegación de competencias en la Alcaldía-Presidencia, lo que se hace público a los efectos procedentes:

PRIMERO. Delegar en la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento la solicitud, petición, reclamación o demanda, a cualquier tipo de Administración u Organismo, Público o Privado, de cualquier tipo o clase de ayudas y subvenciones, así como el acogimiento a los beneficios que establezca cualquier norma o reglamento de cualesquiera Administraciones Públicas, y la aceptación de las mismas, salvo que sea necesaria la autorización de gasto municipal que no esté contemplado en el Presupuesto, en cuyo caso se someterá a la correspondiente resolución por el Pleno de la Corporación.

SEGUNDO. Delegar en la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, la adopción de cuantas resoluciones y trámites procedan, en todos aquellos asuntos, materias o cuestiones que no estén expresamente reservados, por vía legal o reglamentaria, a favor del Pleno de la Corporación, salvo que requieran la aprobación de gasto municipal que no se encuentre contemplado en el Presupuesto General, lo que se deducirá como competencia de éste.

Todo ello sin perjuicio de que el Pleno de la Corporación realice sus funciones de fiscalización y control político de la gestión del gobierno.

En Iznájar, a 30 de junio de 2015. El Alcalde, Fdo. Lope Ruiz López.

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