Boletín nº 134 (14-07-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Añora
Nº. 4.819/2015
Por medio del presente se hace público que el Ayuntamiento Pleno, reunido con carácter extraordinario el día 18 de junio de 2015, adoptó el acuerdo que a continuación se transcribe, relativo a los miembros de la Corporación que desempeñarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva, los gastos de representación y la asignación a Grupos Políticos:
Aprobar que el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Añora se desempeñe en régimen de dedicación exclusiva, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.1 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, teniendo derecho a la percepción de una retribución bruta mensual de 2.811,62 euros (supone actualmente una retribución neta mensual de 2.097,00 euros), más dos pagas extraordinarias de 2.033,16 euros en los meses de junio y diciembre (supone actualmente 1.662,51 euros netos cada paga extra). Dicha cuantía será revisada anualmente mediante la aplicación del porcentaje de incremento salarial que se aplique a los funcionarios municipales.
APROBAR LOS SIGUIENTES GASTOS DE REPRESENTACIÓN:
Como dispone el artículo 75.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva, ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados del Ayuntamiento de Añora de que formen parte en la siguiente cuantía:
1. Asistencia efectiva a sesiones del Pleno: 30,00 € por sesión.
2. Asistencia efectiva a sesiones de Comisiones Informativas: 30,00 € por sesión.
3. Asistencia efectiva a sesiones de la Junta de Gobierno: 60,00 € por sesión.
4. Asistencia efectiva a tribunales de oposiciones o procesos selectivos cuando una norma no establezca otra asignación: 30,00 € por sesión.
Al mismo tiempo se establece la cuantía por asistencia efectiva a sesiones de la Junta de Gobierno del Organismo Autónomo Residencia Municipal de Mayores Fernando Santos de Añora: 60,00 € por sesión.
ASIGNACIÓN ECONÓMICA A GRUPOS POLÍTICOS:
Se establece la siguiente dotación económica a los Grupos Políticos, debiendo cumplir éstos las limitaciones y requisitos establecidos en el artículo 73 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local:
Por Grupo: 50,00 €/año.
Por Concejal: 150,00 €/año.
Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, en Añora, a 8 de julio de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Bartolomé Madrid Olmo.