Boletín nº 137 (17-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 4.706/2015

Por Resolución de Alcaldía número 119/2015, de fecha 24 de junio del corriente, ha resuelto lo siguiente:

En Luque, a 24 de junio de 2015, constituida la Señora Alcaldesa-Presidenta doña Felisa Cañete Marzo, en su despacho oficial, asistida de mí, el Secretario.

Teniendo en cuenta que el Concejal don Sergio López Rueda, ha sido nombrado Primer Teniente de Alcalde, desempeña la Delegación de Gobernación y ejerce su cargo con dedicación exclusiva.

Considerando que el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los titulares de los órganos administrativos podrán en materia de sus propias competencias delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos y unidades administrativas que de ellos dependan.

Considerando que la delegación de firma no altera la competencia del órgano delegante.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en concreto el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Sra. Alcaldesa,

RESUELVE:

Primero: Otorgar delegación especial al Primer Teniente de Alcalde, Delegado de Gobernación, don Sergio López Rueda, para la firma de todos los certificados de empadronamiento y despacho ordinario de asuntos a fin de dar mayor celeridad y eficacia en el servicio de atención ciudadana.

Segundo: En las resoluciones y actos que se firmen por delegación, se hará constar que se firma por delegación de la Sra. Alcaldesa.

Tercero: Notificar la presenta Resolución a los interesados y proceder, para mayor garantía y conocimiento, a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 43.4 y 43.5 b) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la facultad concedida no incluye la resolución mediante actos administrativos únicamente la firma de certificados de trámite ordinario, en ausencia de la Alcaldesa-Presidenta.

Ante mí.

En Luque, a 26 de junio de 2015. La Alcaldesa, Fdo. Felisa Cañete Marzo.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad