Boletín nº 137 (17-07-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Málaga
Nº. 4.711/2015
Juzgado de lo Social Número 2 de Málaga
Procedimiento: Autos número 899/2013
Ejecución número: 17/2015
De: Don Slavi Arhangelov Parvanov
Contra: Auvampi Gold SL
DOÑA MERCEDES PÉREZ LISBONA, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE MALAGA, DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 17/2015, dimanante de autos número 899/2013, en materia de Ejecución, a instancias de Slavi Arhangelov Parvanov contra Auvampi Gold SL, habiéndose dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
"Decreto número 319/15
Secretaria Judicial Sra. Doña Mercedes Pérez Lisbona.
En Málaga a 26 de junio de 2015.
Antecedentes de Hecho
Primero. Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante don Slavi Arhangelov Parvanov y de otra como ejecutado/a Auvampi Gold SL se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha 13-02-15 para cubrir la cantidad de 7.408,16 euros de principal mas la cantidad de 1.203,82 euros que se presupuestan para intereses y costas del procedimiento.
Segundo. Se ha practicado sin pleno resultado diligencia de embargo, desconociéndose tras las necesarias averiguaciones practicadas la existencia de bienes suficientes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
Tercero. Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba.
Cuarto. Se ha dado traslado a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial al objeto de que, en su caso, designasen bienes o derechos susceptibles de embargo, sin que se haya hecho manifestación alguna en el plazo dado.
Parte Dispositiva
Acuerdo:
a) Declarar a la ejecutada Auvampi Gold SL, con CIF B14.962.302 en situación de Insolvencia por importe de 7.408,16 euros en concepto de principal más la cantidad de 1.203,82 euros para intereses y costas que prudencialmente se tasan, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b) Una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro correspondiente para que se haga constar la declaración de insolvencia.
c) Archivarlas actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.
Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. La Secretaria Judicial".
Y para que sirva de notificación en forma a Auvampi Gold SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en Málaga, a 26 de junio de 2015. La Secretaria Judicial, firma ilegible.