Boletín nº 137 (17-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 4.796/2015

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el pasado día 2 de julio de 2015, de conformidad con lo establecido en los artículos 73 y 75 de la Ley 7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, sobre asignación de retribuciones a los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación absoluta o parcial, indemnizaciones a miembros de la Corporación por asistencia a sesiones y asignaciones a grupos municipales, adoptó los siguientes acuerdos:

1º. RETRIBUCIONES POR DEDICACIÓN EXCLUSIVA:

a) Los cargos que se desempeñarán en régimen de dedicación exclusiva serán los siguientes:

-Alcalde/sa.

-Cuatro Tenencias de Alcaldía.

-Un concejal perteneciente a cada uno de los grupos municipales que hayan obtenido seis o más concejales.

b) Los cargos que se desempeñarán en régimen de dedicación parcial, serán los siguientes:

-Un concejal perteneciente al grupo municipal Socialista, que desempeñarán sus funciones en régimen de dedicación parcial, a media jornada, (como consecuencia de la renuncia del grupo al Personal Eventual que tenía asignado en Plantilla).

c) Fijar el siguiente régimen de retribuciones para los anteriores miembros de la Corporación:

-Alcalde/sa: 43.754,76 € brutos anuales

-Teniente de Alcalde: 27.238,68 euros, brutos anuales

-Concejales con dedicación exclusiva: 23.603,58 euros brutos anuales.

-Concejal con dedicación parcial: 11.801,79 euros brutos anuales.

Las retribuciones expresadas se abonarán distribuidas en catorce mensualidades y se incrementarán anualmente en los términos que fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio de la Administración Pública.

2º. INDEMNIZACIONES A MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN SIN DEDICACIÓN EXCLUSIVA O PARCIAL, POR ASISTENCIA A SESIONES:

Los miembros de la Corporación, que no desarrollen sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial, percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación según el siguiente detalle:

*Por asistencia a cada una de las sesiones ordinarias del Pleno de la Corporación: 100 euros.

*Por asistencia a cada una de las sesiones extraordinarias del Pleno de la Corporación: 100 euros. (Estas cantidades se abonarán exclusivamente por la asistencia a las 6 primeras sesiones que se celebren durante cada año, quedando excluidas las convocadas con carácter institucional o protocolario, tales como la del día de la Mujer, Repulsa contra el terrorismo, Violencia de género, etc.)

3º. ASIGNACIONES A LOS GRUPOS MUNICIPALES:

Los grupos municipales percibirán una dotación económica que constará de los siguientes conceptos:

*Componente fijo: 190 euros mensuales.

*Componente variable: 114 euros mensuales a cada Grupo por concejal, estas cantidades serán fijas hasta final de la legislatura.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Montilla, 6 de julio de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Rafael Ángel Llamas Salas.

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