Boletín nº 141 (23-07-2015)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Delegación Territorial de Córdoba

Nº. 3.331/2015

Anuncio de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Córdoba, por la que se somete al trámite de información pública el proyecto de agrupación de vertidos y pliego de bases de la EDAR de La Victoria (Córdoba).

En virtud de la Resolución de 6 de marzo la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, por la que se aprueba provisionalmente el PROYECTO DE AGRUPACIÓN DE VERTIDOS Y PROYECTO BÁSICO DE LA EDAR DE LA VICTORIA a los efectos de información pública, clave A5.314.1046/0411, se someten al trámite de información pública los referidos proyectos, cuyas obras se desarrollarán en el término municipal de La Victoria, San Sebastián de los Ballesteros, La Carlota y La Rambla, a los efectos de:

1. Interés general para su publicación y general conocimiento.

2. Lo previsto en materia de Expropiación Forzosa, según los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; y según el artículo 56 del Real Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación.

3. Lo previsto en materia medioambiental, según el apartado 3 del artículo 31 de la Ley 7/2007, del 9 de Julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental; el artículo 31 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada; así como lo previsto en el artículo 48 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

NOTA EXTRACTO

1. OBJETO DEL PROYECTO

El objeto del presente proyecto es el diseño, definición, medición y valoración de las obras de la Agrupación de Vertidos de La Victoria (Córdoba) y la Estación Depuradora, de acuerdo con la normativa en vigor. Con dichas obras se agruparán y conducirán los vertidos del municipio hasta la parcela dónde se proyecta construir la EDAR que depure dichas aguas; solventando la problemática actual de saneamiento de dicha localidad.

2.  DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS

El proyecto de agrupación de vertidos de La Victoria contempla el siguiente conjunto de actuaciones:

1. Construcción de un colector por gravedad que conecte los vertidos de PV-LV-2 con la EBAR a construir. TB-GR-01.

2. Construcción de una EBAR al sur del municipio de La Victoria. EBAR-01.

3. Construcción de un colector por gravedad que alivie el exceso de caudal que no bombeará la EBAR. El agua residual aliviada saldrá tratada con un desbaste. TB-GR-02.

4. Construcción de un colector en presión para la impulsión de la EBAR-01. Llevará los vertidos PV-LV-2 hasta el pozo de gruesos de la EDAR TB-BB-01.

Se opta por realizar una EDAR con un sistema de depuración formado por un tratamiento secundario de aireación prolongada con nitrificación y desnitrificación, seleccionándose la configuración del reactor biológico de tipo carrusel. No hay eliminación del fósforo por vía química, puesto que no es zona sensible.

Lo que se hace público para general conocimiento, estableciéndose un plazo de exposición de treinta (30) días hábiles contados desde el siguiente a la fecha en que aparezca inserto este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, a fin de que, a tenor de lo dispuesto en la normativa referenciada, los que se consideren interesados en dichos proyectos puedan presentar alegaciones a través de los medios permitidos por el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien hacerlo en el Ayuntamiento de La Victoria, el Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros, el Ayuntamiento de La Rambla, el Ayuntamiento de La Carlota o ante la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Córdoba, calle Tomás de Aquino s/n, 7ª planta, Edificio Servicios Múltiples (Córdoba), en cuyas oficinas durante los mismos días, estarán expuestos los citados Proyectos, a disposición de los que soliciten examinarlos.

En el tablón de anuncios del Ayuntamiento donde radiquen los bienes objeto de expropiación se fijará una copia de la relación de los bienes y derechos afectados, a tenor de lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento que la desarrolla.

Córdoba, a 30 de abril de 2015. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial, Francisco José Zurera Aragón.


Adjuntos: 3-331_anexos.pdf |

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