Boletín nº 142 (24-07-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Belmez
Nº. 4.987/2015
Por Decreto número 70/2015 de fecha 30/06/2015 la Alcaldía,
HA RESUELTO:
PRIMERO. Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:
1. El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado.
2. Reconocer obligaciones y aprobar gastos, dentro de los límites de su competencia.
3. Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
4. Aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.
5. Distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
6. El otorgamiento de las licencias y resolución de expedientes de actividades, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno.
7. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
8. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
9. Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos
SEGUNDO. La delegación se entiende sin perjuicio de la posibilidad de avocar la competencia delegada para asuntos concretos.
TERCERO. Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la primera sesión que éste celebre, y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma
Lo que se hace público para general conocimiento, en Belmez, a 14 de julio de 2015. El Alcalde-Presidente, Fdo. José Porras Fernández.