Boletín nº 142 (24-07-2015)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 5.035/2015

ANUNCIO DE RESOLUCIONES SOBRE DISTINTOS NOMBRAMIENTOS Y MATERIAS

I. DELEGACIONES DE LA PRESIDENCIA

I.1. Miembros de la Junta de Gobierno: Mediante Decreto de la Presidencia de 30 de junio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria celebrada a partir de las 1100 h. del día 15 de julio del año en curso, se resolvió nombrar a los/as Sres./as Diputados/as Provinciales Doña Felisa Cañete Marzo, Doña Ana María Carillo Núñez, Doña María Isabel Ruz García, Don Salvador Blanco Rubio, Don Maximiano Izquierdo Jurado, Don Francisco Ángel Sánchez Gaitán, Doña María Dolores Amo Camino, Doña Auxiliadora Pozuelo Torrico y Don Martín Torralbo Luque, miembros de la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial.

I.2. Vicepresidentes/as: Mediante Decreto de la Presidencia de 30 de junio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria celebrada a partir de las 1100 h. del día 15 de julio del año en curso, se resolvió designar Vicepresidenta 1ª de esta Excma. Diputación Provincial a la Sra. Diputada Doña Felisa Cañete Marzo, Vicepresidenta 2ª a la Sra. Diputada Doña Ana María Carrillo Núñez, como Vicepresidenta 3º a la Sra. Diputada Doña María Isabel Ruz García y como Vicepresidente 4º al Sr. Diputado Don Salvador Blanco Rubio; todos/as ellos/as miembros de la Junta de Gobierno.

I.3. Delegados de la Presidencia: Mediante Decreto de la Presidencia de 7 de julio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria celebrada a partir de las 1100 h. del día 15 de julio del año en curso se designó a los/as Sres/as Diputados/as que a continuación se indican, Delegados Genéricos y Especiales en las distintas Áreas que asimismo se relacionan:

1. Área de Bienestar Social: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Bienestar Social, Igualdad, Consumo y Participación Ciudadana, así como Discapacitados Psíquicos Profundos; asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

1.1. Delegación Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Doña Felisa Cañete Marzo: Delegada de Bienestar Social, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación con la de Igualdad y con la de Consumo y Participación Ciudadana. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Bienestar Social y materias del Área objeto de delegación especial.

1.2. Delegación Especial: A la Sra. Diputada Provincial Doña Ana María Guijarro Carmona: Delegada de Igualdad, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

1.3. Delegación Especial: A la Sra. Diputada Provincial Doña Aurora María Barbero Jiménez: Delegada de Consumo y Participación Ciudadana, a quien corresponderá su dirección interna y gestión.

2. Área de Desarrollo Económico: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Desarrollo Económico y Programas Europeos, Cooperación al Desarrollo, Cultura, Juventud y Deportes, asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

2.1. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Doña Ana María Carrillo Nuñez: Delegada de Desarrollo Económico, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con la de Empleo, Turismo, Cultura, Cooperación al Desarrollo y Juventud y Deportes. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Desarrollo Económico y materias del Área objeto de delegación especial.

2.2. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Doña María Dolores Amo Camino: Delegada de Empleo. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Empleo.

2.3. Delegada Especial: A la Sra. Diputada Provincial Doña Carmen María Gómez Navajas: Delegada de Turismo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2.4. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Doña María Isabel Ruz García: Delegada Genérica de Cultura. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Cultura.

2.5. Delegada Especial: A la Sra. Diputada Provincial Doña Ana María Guijarro Carmona: Delegada de Cooperación al Desarrollo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2.6. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial Don Martín Torralbo Luque: Delegado de Juventud y Deportes. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Juventud y Deportes.

3. Área de Cooperación con los Municipios y Carreteras: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Carreteras, Medio Ambiente, Arquitectura y Urbanismo, Central de Cooperación, Ingeniería Civil, Centro Agropecuario, asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

3.1 Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial don Maximiano Izquierdo Jurado: Delegado de Cooperación con los Municipios y Carreteras, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con la de Medio Ambiente y la de Caminos Rurales y Agricultura. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Cooperación con los Municipios y Carreteras.

En materia de contratación se delega las competencias de firmar todos los contratos administrativos así como los contratos privados a que hace referencia el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público vinculados al Área de Cooperación con los Municipios y Carreteras a excepción de la suscripción de escrituras públicas.

3.2 Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Doña Auxiliadora Pozuelo Torrico: Delegada de Medio Ambiente. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Medio Ambiente.

3.3 Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial Don Francisco Ángel Sánchez Gaitán, Delegado de Caminos Rurales y Agricultura. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Caminos Rurales y Agricultura.

4. Área de Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Presidencia, Protocolo y Relaciones Institucionales, Secretaría General, Asistencia Jurídica y Consultoría Técnica, Patrimonio, Parques y Talleres, Archivo Provincial, Boletín Oficial de la Provincia, Ediciones y Publicaciones, Régimen Interior, Recursos Humanos, Tesorería, Intervención, Hacienda; asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

4.1. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial Don Salvador Blanco Rubio: Delegado genérico de Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior; a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con la de Protección Civil y la de Comunicación y Nuevas Tecnologías. Asimismo le corresponderán los actos de gestión del presupuesto de ingresos relativos a la gestión tributaria y de cualquier otro tipo de ingreso público, así como la resolución de expedientes de todo tipo en materia de gestión de ingresos. Todo ello en los términos regulados en la Base 32 de Ejecución del Presupuesto de esta Corporación Provincial. También la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior y materias del Área objeto de delegación especial. Finalmente, también se le delega la ordenación de pagos incluida la disposición de fondos necesarios para la realización material de los pagos y la aprobación del Plan de disposición de Fondos y sin perjuicio de que esta competencia la ostente la Presidencia en el caso de ausencia del Sr. Diputado.

En materia de contratación se delega las competencias de firmar los contratos administrativos, cualquiera que sea su naturaleza, así como los contratos privados a que hace referencia el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, derivada de las atribuciones previstas en el artículo 61.11 del citado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, no contemplados en apartado 3.1 del presente Decreto, a excepción de escrituras públicas.

4.2. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Doña María Dolores Amo Camino: Delegada de Protección Civil. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Protección Civil.

4.3. Delegado Especial: Al Sr. Diputado Provincial Don Francisco Juan Martín Romero: Delegado de Comunicación y Nuevas Tecnologías; a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

De conformidad con el artículo 115 del ROF se conservarán las facultades previstas normativamente en relación con la competencia delegada correspondiendo a esta Presidencia la resolución de recursos de reposición que puedan interponerse frente a los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de dichas atribuciones.

La anteriores delegaciones genéricas, salvo aquellas materias específicas referidas a las respectivas Áreas que no sean delegables de acuerdo con el artículo 34.2 de la LBRL, se ajustarán a lo previsto en los artículos 63 y 64 del ROF y las delegaciones especiales no incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, ajustándose igualmente a lo previsto en los artículos 63 y 64 del aludido Reglamento.

I.4. Delegación de competencias de la Presidencia en la Junta de Gobierno: Mediante Decreto de la Presidencia de 8 de julio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria celebrada a partir de las 1100 h. del día 15 de julio del año en curso, se resolvió, delegar en la junta de Gobierno el ejercicio de las siguientes atribuciones:

1. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras cuya titularidad o ejercicio corresponde a la Diputación Provincial.

2. Asegurar la gestión de los servicios propios de la Comunidad Autónoma cuya gestión ordinaria esté encomendada a la Diputación.

3. El desarrollo de la gestión económica, de acuerdo con el presupuesto aprobado, a excepción de las operaciones de crédito de su competencia, ordenar pagos y rendir cuentas. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

4. Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la Plantilla aprobados por el Pleno y aprobar las Bases de las pruebas para la selección del personal de plantilla.

5. Acordar el nombramiento de funcionarios de carrera y las sanciones del personal, excepto la separación del servicio de los Funcionarios y el despido del Personal Laboral, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, así como los demás servicios de su competencia que sean delegables, e imponer las demás sanciones de su competencia que tengan carácter delegable.

6. Acordar la contratación de obras, de suministros, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su importe exceda de 300.000 euros en los contratos de obras y de 120.000 euros en los demás contratos y no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. Quedan exceptuadas de la presente delegación de atribuciones, las siguientes facultades que permanecerán bajo la competencia de la Presidencia:

1. El requerimiento de documentación y constitución de garantía al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa al que se refiere el artículo 135 de Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

2. La liquidación del contrato y la devolución de garantías definitivas.

7. La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

8. La adjudicación de concesiones sobre los bienes de la entidad provincial y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor exceda de 300.000 euros en el caso de las inversiones y de 120.000 euros en el supuesto de gastos corrientes, y no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.

9. Ejercicio de aquellas otras atribuciones que la Legislación del Estado o de las Comunidades asigne a la Diputación y no estén expresamente atribuidas a otros Órganos.

La concesión de subvenciones cuya cuantía exceda de 60.000 euros.

I.5. Presidentes de las Comisiones Informativas: Mediante Decreto de la Presidencia de 15 de julio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria celebrada a partir de las 1200 h. del día 15 de julio del año en curso, se resolvió nombrar Presidente y Vicepresidente de cada una de las Comisiones Informativas permanentes a los Sres./as Diputados/as Provinciales que a continuación se expresan, delegándoles, por tanto, la facultad de presidir y convocar las sesiones de sus respectivas Comisiones:

COMISIÓN INFORMATIVA

PRESIDENTE/A

VICEPRESIDENTE/A

De Hacienda, Recursos Humanos, Gobierno Interior y Desarrollo Económico

D. Salvador Blanco Rubio

Dª Ana Mª Carrillo Nuñez

De Cooperación al Desarrollo

D. Maximiano Izquierdo Jurado

Dª Auxiliadora Pozuelo Torrico

De Bienestar Social

Dª Felisa Cañete Marzo

Dª Aurora Mª Barbero Jiménez

Comisión Especial de Cuentas

D. Salvador Blanco Rubio

Dª Dolores Amo Camino

II. DELEGACIONES DEL PLENO

Asimismo el Pleno, en la segunda sesión extraordinaria celebrada el día 15 del mes de julio, acordó delegar en la Junta de Gobierno de esta Corporación Provincial las siguientes atribuciones:

-Acordar la contratación de obras, de suministros, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su importe supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto o, en cualquier caso la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración sea superior a cuatro años en todo caso, y los plurianuales de duración inferior siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, o la cuantía señalada.

-La aprobación de los proyectos de obra y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y cuando aún no estén previstos en el presupuesto.

-La adjudicación de concesiones sobre los bienes de la entidad provincial y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto o el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor supere el porcentaje o la cuantía indicados.

-La aprobación, previo informe del Interventor, de la fianza que deban constituir los funcionarios, recaudadores y agentes que manejen fondos de la Corporación, su revisión y devolución.

Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento de las determinaciones que, sobre esta materia, se contienen en el vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Texto Articulado aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Córdoba, a 20 de julio de 2015. Firmado electrónicamente por el Presidente de la Diputación de Córdoba, Antonio Ruiz Cruz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad