Boletín nº 143 (27-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 5.002/2015

Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 13 de junio de 2015, como consecuencia de las Elecciones Locales celebradas el 24 de mayo de 2015.

Con la finalidad de hacer realidad los principios de eficacia y desconcentración previstos en el artículo 103 de la Constitución Española, esta Alcaldesa considera conveniente realizar propuesta para que ciertas materias que son competencia del Pleno de la Corporación sea de la Junta de Gobierno Local quien las desarrolle.

Se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente

ACUERDO:

PRIMERO. Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes materias:

1. El desarrollo y ejecución de los planes, programas y proyectos de actuación aprobados por el Pleno, con los límites que en ellos se señalen.

2. La solicitud de todo tipo de subvenciones respecto de las restantes Administraciones Públicas, entidades públicas o privadas y particulares, siempre que la aportación municipal para el objeto a que se destinen esté prevista en el presupuesto o se haya de producir aportación municipal.

3. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

4. Los recursos interpuestos en vía administrativa frente a los acuerdos adoptados en las materias resueltas en virtud de la presente delegación de competencias.

SEGUNDO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 51 del ROF, el presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Advertido el error material por el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, el Sr. Mármol y corroborado por el Sr. Interventor en relación con la segunda de las materias que se propone delegar por el Pleno en la Junta de Gobierno Local, en lugar de constar "La solicitud de todo tipo de subvenciones respecto de las restantes Administraciones Públicas, entidades públicas o privadas y particulares, siempre que la aportación municipal para el objeto a que se destinen esté prevista en el presupuesto o se haya de producir aportación municipal" ha de constar "La solicitud de todo tipo de subvenciones respecto de las restantes Administraciones Públicas, entidades públicas o privadas y particulares, siempre que la aportación municipal para el objeto a que se destinen esté prevista en el presupuesto o no se haya de producir aportación municipal".

A la vista de cuanto antecede, sometida la propuesta que formula la Alcaldía, a votación ordinaria y con la rectificación del error material reseñado, se obtiene el siguiente resultado:

Votos a favor: diez pertenecientes al Grupo Municipal Popular, seis pertenecientes al Grupo Municipal Socialista, cuatro pertenecientes al Grupo Municipal Andalucista, uno perteneciente a Participa Priego.

Visto el resultado de la votación, el Ayuntamiento Pleno acuerda con el voto favorable por unanimidad:

PRIMERO. Aceptar la propuesta en la literalidad de sus términos con la rectificación del error material reseñado quedando de la siguiente manera que se cita:

Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes materias:

1. El desarrollo y ejecución de los planes, programas y proyectos de actuación aprobados por el Pleno, con los límites que en ellos se señalen.

2. La solicitud de todo tipo de subvenciones respecto de las restantes Administraciones Públicas, entidades públicas o privadas y particulares, siempre que la aportación municipal para el objeto a que se destinen esté prevista en el presupuesto o no se haya de producir aportación municipal.

3. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

4. Los recursos interpuestos en vía administrativa frente a los acuerdos adoptados en las materias resueltas en virtud de la presente delegación de competencias.

SEGUNDO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 51 del ROF, el presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Priego de Córdoba, a 15 de julio de 2015. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.

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