Boletín nº 143 (27-07-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 5.005/2015
Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 13 de junio de 2015, como consecuencia de las Elecciones Locales celebradas el 24 de mayo de 2015, procede determinar el régimen de celebración de las sesiones ordinarias del Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
A estos efectos, el artículo 46.2 a) de la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, establece la periodicidad mínima de celebración de las sesiones ordinarias del Pleno, en atención a la población del municipio, por lo que siendo éste, de más de 20.000 habitantes, procede celebrar sesión ordinaria cada mes.
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en concordancia con el régimen de periodicidad de las sesiones plenarias ordinarias impuesto por el artículo 46.2 a) de la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013,de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Se propone al Pleno de la corporación municipal la adopción de los siguientes
ACUERDOS:
Primero. El Pleno celebrará sesión ordinaria con periodicidad mensual.
Segundo. El día y hora en que corresponderá celebrar sesión ordinaria, se determinará para cada sesión por la Alcaldía-Presidencia, oídos los portavoces de los distintos grupos políticos de la Corporación, debiendo estar comprendida la fecha entre los días 25 y último de cada mes, a las 1900 horas en primera convocatoria y dos días después a la misma hora en segunda convocatoria, a excepción de los meses de abril a septiembre que se celebrará a las 2000 horas, con la excepción de los meses de agosto y diciembre que queda habilitado todo el mes para la celebración de sesión ordinaria.
Tercero. Teniendo en cuenta los trámites que deben realizarse tras la constitución de la Corporación de las diferentes Comisiones de carácter permanente, se establece como primer pleno Ordinario, el correspondiente al mes de julio.
Cuarto. Dar cuenta del acuerdo que se adopte a los concejales y a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia si procediese.
Sometida la presente propuesta a votación ordinaria se obtiene el siguiente resultado:
Votos a favor: diez pertenecientes al Grupo Municipal Popular, seis pertenecientes al Grupo Municipal Socialista, cuatro pertenecientes al Grupo Municipal Andalucista, uno perteneciente a Participa Priego.
Visto el resultado de la votación, el Ayuntamiento Pleno acuerda con el voto favorable por unanimidad:
Primero. Aceptar la propuesta en la literalidad de sus términos.
Segundo. Comuníquese a todas las áreas de este Ayuntamiento.
Priego de Córdoba, a 15 de julio de 2015. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.